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Seguros de accidentes para colectivos

Protección colectiva, pero también personalizada.

Así es nuestra cartera de seguros de accidentes para colectivos. Seguros para proteger tanto a tus trabajadores o empleados como a personas que forman parte de colectivos no empresariales: asociaciones deportivas, fundaciones, etc.

  • Para cumplir con la obligación de mantener a tus empleados protegidos.
  • Para poder ampliar, de manera voluntaria, las coberturas exigidas en los convenios.
  • Para dar solución a las empresas que, por la particularidad de sus colectivos, requieren coberturas específicas.
  • Para poder contar con la tranquilidad, rapidez y agilidad de trámites que ofrece Mapfre Vida.
Seguro de accidentes para colectivos

Seguros que se adaptan a las distintas actividades y ámbitos de cobertura de cada colectivo

Seguro colectivo de accidentes “Convenio Mapfre Vida”

Seguros obligatorios dispuestos por las distintas administraciones, cuyos capitales y coberturas son los establecidos por los diferentes convenios sectoriales.

"Modalidad Clásica Mapfre Vida"

Seguro voluntario con coberturas y garantías confeccionadas a medida, según lo acordado en la negociación colectiva, las necesidades de la empresa o del colectivo que se trate.

"Otros seguros de accidentes colectivos de Mapfre Vida"

Una selección de seguros para dar solución a aquellas empresas y colectivos con necesidades específicas: colegios y universidades, seguro obligatorio de viajeros, federaciones deportivas, ONGs, etc.

Estamos para ayudarte, a través de tu oficina y a través de nuestros canales especializados

Teléfono de especialistas en seguros:
91 807 09 84

De lunes a viernes de 08:00 a 17:00 h.

Envíanos un email

Estudiaremos tus necesidades y un especialista en seguros te guiará en la elección y en el proceso de contratación.

Ver Garantías y Coberturas asegurables Garantías y Coberturas asegurables

Los seguros de Accidentes Colectivos de Mapfre vida permiten la contratación de amplias garantías y coberturas, adaptando cada póliza a las necesidades del cliente.

Entre las garantías más comunes destacamos:

  • Fallecimiento accidental.
  • Invalidez permanente por accidente según baremo.
  • Incapacidad profesional total por accidente.
  • Incapacidad profesional absoluta por accidente.
  • Gran invalidez por accidente.

Entre las coberturas más comunes destacamos:

  • 24 horas.
  • Profesional.
  • Extraprofesional.

Ver Condiciones Condiciones

Tomador del seguro:

Los Seguros de Accidentes Colectivos de Mapfre están disponibles en exclusiva para clientes Bankinter que sean empresas, instituciones o autónomos con empleados a su cargo.

Formas de pago:

Las pólizas de seguros de accidentes para colectivos Mapfre ofrecen tres formas de pago de las primas: anual, semestral o trimestral.

Ver Preguntas frecuentes Preguntas frecuentes

¿Qué son los seguros de accidentes colectivos?

Son seguros que ofrecen distintas opciones o modalidades en función de la actividad y del ámbito de cobertura de cada colectivo de trabajadores o empleados de empresa.

¿A quién se dirige este tipo de seguros?

Los Seguros de Accidentes Colectivos de Mapfre Vida van dirigidos a colectivos de personas. Ofrecen distintas opciones y modalidades de seguro en función de la actividad y del ámbito de cobertura de cada colectivo, y se adaptan a las necesidades aseguradoras del tomador del seguro.

En la mayoría de los casos están pensados para colectivos de trabajadores o empleados de empresas, pero también pueden establecerse para otro tipo de colectivos.

¿Estoy obligado a contratar un seguro de accidentes para mis empleados?

El 90% de las empresas en España tienen la obligación de externalizar en pólizas de seguros sus compromisos por pensiones que cubran como mínimo las prestaciones y capitales indicados en cada uno de los convenios que afectan a la mayoría del tejido empresarial de España.

¿Qué sucede si no cuento con una póliza obligatoria?

En caso de siniestro, no contar con una póliza que cubra los riesgos establecidos en el convenio correspondiente, puede ocasionar importantes multas e infracciones graves.

¿Qué beneficios tiene para mi empresa el seguro?

Además del más importante que es cumplir con la normativa vigente, los seguros de accidentes para colectivos suponen un beneficio social muy bien aceptado por los colectivos y, por supuesto, contar con la tranquilidad de tener protegida a tu plantilla durante el periodo de cobertura que establezca la póliza (ámbito profesional, ámbito extraprofesional o ámbito 24 horas).

¿Qué diferencias existen entre las distintas modalidades que comercializa Bankinter?

La principal diferencia entre las distintas modalidades de seguros de Accidentes Colectivos que comercializa Bankinter se encuentra en que en la modalidad de Convenio, las condiciones del seguro se establecen en base a la propia regulación que le aplica a la empresa y en el resto de las modalidades, las condiciones contratadas son totalmente flexibles.

¿Qué se entiende por “accidente”?

Entendemos como “accidente” la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad de la persona asegurada. También, y a efectos del seguro, se consideran accidentes:

  • La asfixia o lesiones internas a consecuencia de gases o vapores, inmersión o sumersión, o por ingestión de materias líquidas o sólidas.
  • Las infecciones derivadas de un accidente cubierto por la póliza.
  • Las lesiones que sean consecuencia de intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos motivados por un accidente cubierto por la póliza.
  • Las lesiones sufridas a consecuencia de legítima defensa.

Salvo pacto expreso, no tendrán consideración de “accidente·, a efectos de seguro, los infartos y otros episodios cardiovasculares o cerebrovasculares análogos o similares.

¿Hay varios tipos de invalidez?

El asegurado podrá designar tantos beneficiarios como deseé y en las proporciones que deseé. En el caso de no hacerlo, se entenderán como beneficiarios los herederos legales del asegurado. Además, podrá cambiar los beneficiarios tantas veces como quiera.

  • Incapacidad permanente total: situación física irreversible determinante de la total ineptitud para el ejercicio de la profesión habitual o de una actividad similar propia de la formación y conocimientos profesionales del asegurado.
  • Incapacidad permanente absoluta: situación física irreversible determinante de la total ineptitud para el mantenimiento permanente de cualquier relación laboral o actividad profesional.
  • Gran invalidez: situación de incapacidad permanente absoluta que, además, determine la necesidad de asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.

¿Alguna pregunta?

El centro de ayuda de Bankinter Empresas te da la respuesta.

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