Elevar reclamación
Por formulario
Si no eres cliente de Bankinter:
Enviar queja o reclamación económica al servicio de atención al cliente (SAC)Por teléfono
A través del teléfono de Atención al Cliente: 900 80 20 81.
De lunes a jueves de 08.00 a 17.00, y los viernes de 08.00 a 15.00 (horario peninsular).
Por carta
A la siguiente dirección:
Servicio de Atención al cliente
C/ Pico San Pedro, 1. 28760 Tres Cantos (Madrid).
Por correo electrónico
Ver Plazos de contestación (desde la entrada en la entidad) Plazos de contestación (desde la entrada en la entidad)
- Para aquellas reclamaciones interpuestas tanto por consumidores como por no consumidores, que versen sobre materias que se enmarquen en el ámbito de aplicación del Real Decreto Ley 19/2018 de 23 de noviembre de “Servicios de Pago y otras medidas financieras urgentes” (en lo sucesivo Decreto Ley de Servicios de Pago), que deroga la anterior ley 16/2009 de Servicios de Pago, y traspone la directiva europea (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo comúnmente denominada PSD2, el plazo será de quince días hábiles, a contar desde la fecha de recepción en la entidad.
- Para aquellas reclamaciones interpuestas por consumidores que versen sobre materias que queden fuera del ámbito de aplicación del Decreto Ley de Servicios de Pago mencionado en el apartado anterior, el plazo será de un mes a contar desde la fecha de recepción en la entidad de la queja o reclamación, de conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la disposición final quinta apartado tercero de la Ley 7/2017 de Resolución Alternativa de Conflictos.
- Para aquellas reclamaciones interpuestas por no consumidores cuyo ámbito de aplicación quede fuera de lo establecido en el Real decreto Ley de Servicios de Pago mencionado en el primer punto del presente artículo, el plazo será de dos meses a contar desde la recepción en la entidad de la queja y/o reclamación.
Igualmente puedes acudir al Defensor del cliente
D. José Luis Gómez-Dégano y Ceballos-Zúñiga
C/ Raimundo Fernández Villaverde nº 61-8º Dcha.
28003 Madrid.
Tel: 91 429 56 61
Correo electrónico: [email protected]
Si ha tenido una resolución desestimatoria del Servicio de Atención al Cliente, podrá presentar sus quejas o reclamaciones ante el Defensor del Cliente. Esta opción no afecta a su derecho de acudir directamente a los Servicios de Reclamaciones enumerados a continuación si no ha recibido respuesta dentro de los plazos de contestación indicados anteriormente:
- Banco de España: Departamento de Conducta de Entidades. Cómo realizar una reclamación - Cliente Bancario, Banco de España (bde.es) o bien por escrito dirigido a: Banco de España Departamento de Conducta de Entidades.
C/Alcalá 48
28014 Madrid
- Comisión Nacional del Mercado de Valores: departamento de inversores.
- Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones: servicio de reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Para poder formular las quejas y reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores o Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, es necesario agotar previamente la vía del Servicio de Atención al cliente o del Defensor del Cliente si este está habilitado.
Resolución alternativa de litigios en línea: de conformidad con las previsiones del Reglamento UE nº 524/2013, de 21 de mayo de 2013, sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo, se ha creado un punto único de acceso a consumidores y empresas para la resolución extrajudicial de litigios contractuales derivados de contratos de compraventa o prestación de servicios celebrados en línea.