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Preguntas frecuentes hipotecas

¿Quiénes intervienen en la firma de una hipoteca?

Firmantes en la comprar de una casa y su precio de venta

Por fin llega el momento del día de la firma de la hipoteca: comprar tu casa ya es una realidad.

Normalmente, la escritura de la hipoteca se realiza el mismo día que la escritura de la compraventa del inmueble, en la notaría. Por lo tanto, en ella coincidirán todas las personas que vayan a transmitir o a adquirir un derecho; esto es: los vendedores y compradores para la compraventa; y los prestatarios, prestamistas y fiadores (o avalistas) en el caso de la hipoteca.

No obstante, aunque se realizan el mismo día, la hipoteca y la compraventa son escrituras independientes. Por este motivo la lectura y otorgamientos de cada uno de produce por separado. Cuando se lea y se firme el préstamo hipotecario estarán en la sala el notario, los prestatarios, los prestamistas, la gestoría, aunque no firme, y el posible avalista. Y en el caso de la compraventa figurarán el notario, el vendedor y el comprador y el agente inmobiliario, que tampoco firmará.

En profundidad: ¿quiénes intervienen cuando se firma una hipoteca?

En primer lugar, nosotros, como dueños de la finca y prestatarios (es decir, los deudores del préstamo hipotecario). La ley estipula que, para contratar el préstamo, el inmueble que se hipoteca debe pertenecer a quien hipoteca la vivienda.

Como también influyen en la firma algunos aspectos como el estado civil, el régimen económico matrimonial, la edad o la capacidad; o que se trate de una vivienda habitual, también es posible que sea necesaria la presencia de cónyuges u otras personas que tengan que dar consentimiento, aunque no vayan a ser titulares.

Y en caso de que alguna de estas partes no pueda acudir, deberá enviar un representante con un poder notarial, y, en cualquier caso, con su documento de identidad en vigor.

En segundo lugar, el prestamista o acreedor, que concede el préstamo hipotecario y nos cobra las mensualidades. Normalmente será el banco, caja o entidad crediticia que nos haya realizado el estudio de viabilidad del préstamo. Aunque no es le poseedor del inmueble, sí podría solicitarlo ante un impago de las cuotas del préstamo.

Además, el avalista, si lo hay. Será quien responda del pago del préstamo hipotecario si el deudor no lo hace. Los bancos cada vez se muestran más exigentes a la hora de conceder una hipoteca, así que nos ayudará bastante contar con la garantía extra que el avalista proporciona.

Por otro lado, el notario, un funcionario público que da fe de la constitución de la hipoteca (que, de hecho, tiene estatuto de escritura pública). Es el prestatario quien podrá elegir al notario, y tendrá que comunicárselo al banco. En el momento de la firma, además de atestiguar la constitución de la hipoteca, el notario deberá asesorar a los firmantes, que podrán pedirle explicaciones sobre cualquiera de las cláusulas que figuren en el contrato: condiciones generales y particulares, responsabilidades, obligaciones, etc.

A continuación, el registrador. Es otro funcionario público que inscribe el contrato hipotecario en el Registro de la propiedad.

También la gestoría, que, aunque no firme, realizará todos los trámites previos a la firma, y después inscribirá el documento en el Registro. Tendrá que solicitar una provisión de fondos para pagar los gastos de notaría, Registro de la propiedad, liquidación de impuestos, etc., y cancelar posibles cargas anteriores.

Si la operación se ha llevado a cabo con la mediación de una inmobiliaria, lo normal es que también acudan los agentes.

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