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Diccionario económico - Productos de venta combinada con la hipoteca

Productos de venta combinada con la hipoteca

Los productos de venta combinada con la hipoteca son todos aquellos productos con los que las entidades pueden disfrutar de mejores condiciones en su préstamo hipotecario.

Estos productos se llaman vinculados porque van unidos (vinculados) al diferencial. Esto es: si vinculamos un producto a nuestra hipoteca, reducimos el diferencial de esta. Concretamente, podríamos recortar hasta un 1,3% del diferencial, pudiendo suponer un ahorro de cuota de 1.000 € al año.

Hasta la llegada de la Ley Hipotecaria, estos productos asociados a la hipoteca no estaban regulados, y muchas vences los bancos podían exigirnos su contratación como condición necesaria para firmar el préstamo. Hoy esta establece que, aunque algunos de estos seguros sean obligatorios (por ejemplo, un seguro de vida del titular que cubra el pago de la hipoteca en caso de que se produzca le fallecimiento de este; o un seguro de vivienda o de daños que cubra el inmueble contra cualquier eventualidad), ningún banco puede obligarnos a contratarlos con él. Es decir, que tendremos que contratarlos, pero no necesariamente con la entidad con la que hayamos firmado nuestra hipoteca.

Cuáles son los productos de venta combinada con la hipoteca

Son los siguientes: los seguros de hogar, de protección de pagos o de vida; las tarjetas de crédito y débito; la domiciliación de la nómina y las domiciliaciones de pago; los planes de pensiones… La lista es larga, aunque no todos los productos procuran la misma rebaja, ni son igual de importantes. Por ejemplo, en el caso de una hipoteca y como hemos mencionado antes, es muy aconsejable (incluso obligatorio, en este caso) un seguro de vida o un seguro contra incendios.

Qué rentabilidad nos proporcionan los productos de venta vinculada con la hipoteca

Por mucho que estos productos impliquen algunos gastos (comisiones de apertura, mantenimiento, etc), en general suelen compensar la bajada de nuestra hipoteca. Pero siempre hay que analizarlo bien, ya que hay veces en que pueda compensarnos desvincular algunos de estos productos, aunque aumente el diferencial de nuestro préstamo.

Cómo podemos cancelarlos

A la pregunta de si es posible cancelar un producto vinculado, la respuesta es sí. Para ello deberemos solicitar dicha cancelación a nuestra entidad de crédito por escrito y con unos meses de antelación, asegurándonos de que figure el número de póliza, el número de cuenta de cargo y nuestros datos como titulares. Tendremos que tener en cuenta posibles cargos en concepto de comisiones de cancelación; en todo caso, deberemos informarnos bien sobre las condiciones de nuestra hipoteca en el registro de hipoteca y revisar bien la aplicación de estas comisiones, de qué manera y en qué casos.

Los productos combinados y vinculados, ¿son iguales?

Son parecidos, pero la diferencia está en que los vinculados se comercializan de manera independiente, permitiendo al cliente elegir aquellos que le resulten interesantes. En cambio, los productos combinados se contratan en pack, y quedan prohibidos con la nueva Ley. Ya se trate de unos o de otros, el banco siempre deberá informarnos por escrito de los productos que contratemos, y de las consecuencias que podrá ocasionarnos el cancelarlos. Ahora bien: el banco nos ofrece este tipo de productos para obtener una mejor hipoteca, con mejores condiciones; y en caso de no contratarlos, supondrá una subida del interés de la que siempre nos tendrá que informar.

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