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Preguntas frecuentes hipotecas

¿Qué es la comisión de apertura de una hipoteca?

¿Te puede cobrar la entidad financiera una comisión, por la apertura de un préstamo hipotecario? ¿Es obligatorio pagar al banco por la apertura de una hipoteca? ¿Quién asume el pago por apertura de expediente de un préstamo hipotecario?  Son muchas las dudas que surgen en relación a este tipo de comisión y, desde aquí, vamos a intentar aclarártelas.

Entre la variedad de gastos que se deben asumir a la hora de pedir o formalizar un préstamo hipotecario, está la comisión de apertura. Esta comisión corresponde a un porcentaje mínimo añadido sobre el importe del préstamo.

Esta comisión se cobra una sola vez y se paga para cubrir el estudio de gastos, estudio de riesgo y, en general, el trabajo que le supone a la entidad financiera la tramitación del préstamo.

Por lo general, cuando una persona solicita un préstamo hipotecario, la entidad bancaria suele realizar varios estudios comparando distintos indicadores: comisiones, plazo de amortización, importe máximo de financiación, etc. El banco con el que se quiere solicitar el préstamo, realiza una serie de estudios sobre la solvencia, el esfuerzo y la capacidad de poder devolver el préstamo del futuro cliente. Según sean los resultados de este estudio, del cual se encarga un especialista o una gestora externa, el banco ofrecerá un modelo de préstamo, con un importe determinado a pagar en las cuotas y un tipo de interés a aplicar. Con todos estos datos, el cliente puede comparar y decidir con qué banco o entidad financiera le conviene formalizar su préstamo.

En el caso de que el cliente acepte las condiciones y finalmente el banco decida conceder el préstamo, cargará una comisión por los costes de ese estudio u otros servicios que hubiera podido ofrecer. La comisión de apertura suele ser entre el 0,5% y el 1% de la cantidad prestada y se incluye en el cómputo general del préstamo.

¿Quién debe pagar la comisión de apertura de la hipoteca?

Antes de que se aprobara la nueva Ley hipotecaria de junio de 2019, los bancos podían cobrar a los clientes comisiones, tanto de apertura como de estudio de la hipoteca. Sin embargo, desde ese momento, y con la nueva Ley de hipotecas, sólo se podrá cobrar al cliente la comisión de apertura, que debe incluir todos los costes que cada entidad quiera repercutir a su cliente.

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