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¿Qué es la comisión por desistimiento?
La comisión por desistimiento o compensación por desistimiento es una cantidad que algunas entidades bancarias cobran a los clientes cuando se cancela o amortiza un préstamo antes de la fecha de vencimiento pactada, ya sea de manera parcial o total. Es lo que se conoce como lucro cesante, que corresponde a la compensación por aquellos intereses que dejarán de ganar.
Más que una comisión se trata de una compensación, ya que no se paga a la entidad por un servicio prestado, sino que se la compensa por el perjuicio que supone finalizar el préstamo antes de lo pactado. Es esta la razón por la que algunas entidades aplican esta compensación.
La comisión por desistimiento tiene dos tipos de variables a compensar:
Compensación en función de la fecha de la firma de la hipoteca
En función de cuando se amortice la deuda y del momento en que se firmó la hipoteca, existe unos límites para esta compensación:
- Para las hipotecas a tipo variable firmadas antes de 2007, las entidades pueden cobrar hasta un 1% del capital amortizado siempre que esta amortización no se deba a una subrogación de hipoteca.
- Para las hipotecas, tanto a tipo fijo como variable, posteriores a 2007, existen dos tipos de límites:
- Si la amortización se produce durante los 5 primeros años de haber contraído la deuda, se pagará el 0,5% del importe amortizado.
- Si se produce pasados los primeros 5 años, esta comisión por desistimiento será el 0,25%.
Compensación en función de tipo de interés
Para aquellas hipotecas a tipo fijo y mixto, la ley establece de manera adicional, la compensación por riesgo de tipo de interés. Esta compensación sólo se puede cobrar en aquellas hipotecas que tienen un plazo superior a 12 meses y la entidad financiera puede pactar el importe que supone.
Otro dato que debemos tener en cuenta es que esta compensación solo se puede cobrar cuando la amortización de la deuda suponga una pérdida a la entidad, es decir, cuando los tipos de interés sean menores a los que se estén pagando en el momento de la cancelación o amortización anticipada.