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Diccionario económico - Cargas hipotecarias

Cargas hipotecarias

Las cargas hipotecarias son las obligaciones económicas que un inmueble lleva consigo, y que se transmiten a quien lo adquiere. Las cargas hipotecarias suponen una limitación del uso y de la propiedad y pueden pasar de un propietario a otro cuando se produce una operación de compraventa, por eso antes de dar el paso de comprar una casa hay que comprobar que esté libre de ellas; en caso contrario, la compraventa no podrá llevarse a cabo.

Para saber si una vivienda tiene obligaciones tendremos que acudir al Registro de la propiedad y solicitar una nota simple.

¿Qué tipo de cargas hipotecarias podremos encontrar?

En primer lugar la hipoteca, que es la más común. Antes de que exista un posible comprador, el préstamo deberá ser cancelado, o bien puede ser subrogado (es decir, que la hipoteca pasará de un dueño a otro).

Además, el embargo judicial, que se produce si al vendedor se le ha embargado un bien como forma de pago de una deuda que haya contraído. En ese caso habrá que cancelar dicho embargo, aunque también es posible que el comprador descuente la deuda del precio de la vivienda.

En tercer lugar, el arrendamiento, que se produce cuando la vivienda está alquilada en el momento de ser vendida. En ese caso, tendremos que mantener al inquilino hasta que finalice su contrato de alquiler.

Por otro lado, el usufructo y servidumbre, que afecta al uso de la vivienda (y no a su propiedad) hasta que se extinga la obligación.

Además, podemos encontrar otras cargas no inscritas en el Registro, tales como las deudas contraídas con la comunidad de vecinos. Por este motivo, antes de firmar tendremos que pedir un certificado al presidente o administrador.

Los impuestos municipales tampoco figurarán en el Registro. Principalmente nos referimos al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), cuyo pago se realiza cada año. En caso de que el vendedor no haya abonado el IBI, la deuda pasará al nuevo propietario. Para comprobar si el piso está al corriente de pagos, tendremos que pedir el justificante de pago a ayuntamiento.

¿Qué hacer si la vivienda que vamos a comprar tiene cargas?

Deberemos pedir al vendedor que cancele la hipoteca, o podremos descontar la deuda pendiente del precio de venta de la casa, o bien subrogarnos a ella, siempre con el consentimiento del banco. Otra opción posible sería contratar un préstamo hipotecario con un segundo banco, si nos ofrece mejores condiciones y siempre que la entidad inicial acepte.

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