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Diccionario económico - Seguros combinados con la hipoteca

Seguros combinados con la hipoteca

Los seguros combinados con la hipoteca son aquellos cuya contratación es, o bien obligatoria, o bien muy recomendable, a la hora de contratar un préstamo hipotecario.

Para tratar este tema, en primer lugar vamos a hablar de la Ley Hipotecaria, ya que ha venido a arrojar un poco de luz con respecto a la regulación de estos préstamos. Aunque esta normativa no regula los seguros de manera especifica, sí establece que a la hora de formalizar una hipoteca debemos contratar ciertos productos, aunque no sea obligatoria la mediación del banco y podamos hacerlo con otra compañía. Es decir, que prohíbe la venta de estos seguros como condición para concedernos le préstamo pero si permite la venta combinada de productos complementarios para rebajarnos el interés y mejorar las condiciones del préstamo hipotecario. 

Dicho esto, hay que resaltar que al firmar un préstamo hipotecario tendremos que cubrir ciertos riesgos que garanticen nuestro pago al banco en caso de que existan algunas incidencias, por ejemplo un incendio, o el fallecimiento del titular del préstamo.

Son obligatorios los siguientes seguros:

  • El seguro de cobertura mínima por daños sobre el inmueble (por ejemplo, un seguro contra incendios),
  • Una póliza como garantía para que se cumplan las obligaciones del contrato de la hipoteca (es decir; un seguro de protección de pagos, o un seguro de vida).

Y además, el banco nos puede ofrecer algunos seguros y productos opcionales para rebajarnos el interés de la hipoteca. Es lo que se llama venta combinada (si se nos ofrece cada producto por separado), o vinculada (si los productos se nos ofrecen en un paquete indivisible).

Aunque los siguientes seguros no sean obligatorios, son los seguros que  habitualmente se incluyen en la propuesta del banco para poder ofrecernos mejores condiciones:

  • Seguro de hogar: si es de daños cubrirá la estructura o continente del inmueble; y si es multirriesgo, además asegurará lo que haya dentro, en contenido del hogar.
  • seguro de vida: cubrirá la deuda en caso de fallecimiento, invalidez profunda o incapacidad permanente del titular;
  • Seguro de protección de pagos: cubrirá el impago de las cuotas en caso de invalidez temporal o desempleo del deudor.
  • Otros seguros secundarios (como el de salud o el de coche), y otros productos como tarjetas de crédito, planes de pensiones, domiciliaciones de nómina, etc.

Como es lógico, la contratación de estos seguros combinados con la hipoteca tendrá un coste adicional pero tendremos que hacer números para ver si en general compensan la bajada del interés del préstamo.

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