Diccionario económico - Comisión de gestión
Comisión de gestión
Comisión que percibe la entidad gestora de un fondo de Inversión como remuneración por sus servicios. Esta comisión, que se deduce diariamente del valor liquidativo del fondo y generalmente es un porcentaje del patrimonio. Además, algunos fondos incorporan una comisión de éxito que se aplica sobre los resultados del fondo. Su importe está informado en el folleto legal del fondo.
El fondo perfecto es aquel que se ajusta al perfil de cada ahorrador
Según lo establecido en el artículo 8 de la Ley 35/2003 del 4 de noviembre de Instituciones de Inversión Colectiva “Las sociedades gestoras y los depositarios podrán percibir de los fondos comisiones de gestión y de depósito respectivamente.”
Es posible aplicar distintas comisiones a las diferentes clases de participaciones que son emitidas por un mismo fondo, pero todas aquellas participaciones de la misma clase tendrán las mismas comisiones de gestión y depositario.
Las comisiones pueden fijarse como:
- Un porcentaje sobre el patrimonio
- Un porcentaje sobre el rendimiento
- La combinación de las variables
- Las comisiones de gestión no podrán superar los límites establecidos en cada caso:
- Un 2,25% en caso de que la comisión se calcule en función del patrimonio del fondo
- Un 18% cuando la comisión de gestión se calcule sobre el rendimiento.
- Un 1,35% del patrimonio y un 9% sobre el rendimiento cuando se utilicen ambas variables.
Esta comisión no hay que pagarla directamente, sino que el gestor la resta de la rentabilidad obtenida tanto si es positiva como si es negativa.