¿Cómo saber si estoy o no obligado a hacer la declaración de la Renta 2015?


29.03.2016

Escrito por: Redacción


A modo general todos los contribuyentes están obligados a presentar la declaración por el IRPF. No obstante, existen algunas excepciones contempladas para aquellos contribuyentes –ya sea en tributación individual o en conjunta– que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes y en los siguientes importes:

Exenciones de presentar la declaración de la renta 2015:

1) Rendimientos del trabajo personal iguales o inferiores a 22.000 euros anuales:

:: Siempre que procedan de un solo pagador.

:: Si existan varios pagadores, siempre que la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía  no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros.

2) Cuando los únicos rendimientos de trabajo consistan en prestaciones pasivas (pensiones de la Seguridad Social y de clases pasivas, prestaciones de planes de pensiones,seguros colectivos, mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial, planes de previsión asegurados y prestaciones de seguros de dependencia), siempre que el tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial reglamentariamente establecido a solicitud del contribuyente mediante presentación del modelo 146.

3) El límite se fija en12.000 euros anuales en los siguientes supuestos:

:: Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 euros anuales.

:: Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.

:: Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.

:: Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención

En 2015 tienen esta consideración: las retribuciones percibidas por la condición de administradores y miembros de los Consejos de Administración, de las Juntas que hagan sus veces y demás miembros de otros órganos representativos (retención del 37%), así como los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias y similares, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación (retención del 19%hasta el 12 de julio de 2015 y del 15% desde dicha fecha hasta el 31 de diciembre de 2015).

4) Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta,con el límite conjunto de 1.600 euros anuales. A partir del 1 de enero de 2014 se excluye del límite conjunto a las ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible. 

5) Rentas inmobiliarias imputadas,rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con límite conjunto de 1.000 euros anuales.

6) No tendrán que presentar declaración en ningún caso:

:: Quienes en 2015 obtuvieron rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no han superado los 1.000 euros

:: Quienes hayan tenido,exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

No obstante, aunque no resulten obligados a declarar, todos los contribuyentes que tengan derecho a recibir una devolución tienen que confirmar el borrador o presentar la declaración para obtener su devolución. También deberán presentar declaración del IRPF quienes quieran beneficiarse de la aplicación de algunas de las deducciones existentes (por ejemplo, por inversión en vivienda habitual).

 

Artículos relacionados:

Renta - Agencia Tributaria

Renta WEB 2015: ¿Qué es?

Declaración de la renta 2015: calendario y pasos a seguir

Seis consejos básicos para hacer la renta

Renta 2015: ¿Qué bienes hay que declarar?¿A quién afecta el impuesto sobre patrimonio?

Renta 2015: catálogo de deducciones por Comunidades Autónomas

La Renta 2015: rentas incluidas y rentas exentas de tributar al IRPF

Novedades IRPF 2015: Rendimientos del trabajo

Renta 2015: todas las novedades (vídeo Expansión)

 

 

6153.bankinter_2D00_ir_2D00_portada

Ir a la portada del Blog para descubrir más artículos de interés

 

¡Síguenos en Redes Sociales!

7711.facebook7585.caja-tw

BK-167x150_cuentanomina.jpg

¡NUEVO CANAL EN TELEGRAM! Suscríbete ya y recibe en tu móvil noticias y consejos para mejorar tus finanzas.

Suscribirse

Introduzca su correo electrónico para suscribirse.

Introduzca un correo electrónico válido para suscribirse
Por favor, seleccione resumen diario o semanal
simpleCaptcha
Rellena el captcha correctamente
Por favor escribe las letras de la imagen superior.
Debe aceptar la Cláusula de Protección de Datos