Préstamo comunidades
¿Y la financiación para el proyecto?
A través de nuestro préstamo comunidad, podréis obtener el 100% de la financiación para vuestro proyecto de mejora.
- Tendréis hasta 12 años para devolverlo, con amortización mensual, con posibilidad de solicitar hasta 15 años.
- Carencia de capital de hasta 24 meses.
- Si el préstamo es inferior a 300.000€ no es necesario pasar por notaría.
- Posibilidad de abono 100% al inicio o por disposiciones
- Un préstamo para tu comunidad, tanto si habéis solicitado ayudas como si no.
Un préstamo para poneros de acuerdo, por fin, en vuestra próxima reunión de vecinos.
Un caso de éxito en Alicante
Descubre cómo otras comunidades ya han transformado sus edificios gracias a nuestro Préstamo Comunidades.
¿Tiene tu comunidad algún proyecto o le han concedido una subvención y no sabéis por dónde empezar?
Podéis resolver las dudas y solicitar financiación en nuestras oficinas o enviándonos un email sin compromiso.
Solicitar nuestro préstamo comunidad es muy sencillo.
Podéis contactar con cualquiera de nuestras oficinas, en donde resolverán todas vuestras dudas. En la pestaña inferior encontraréis el detalle de la documentación que necesitaréis aportar.
Documentación necesaria
Para la solicitud y formalización del préstamo, será necesario aportar la documentación que os detallamos a continuación:
- CIF de la Comunidad.
- DNIs de los firmantes, apoderados: presidente y vicepresidente o presidente y administrador.
- Último acta de cierre de cuentas y resumen de ingresos y gastos aprobados.
- Movimientos de los últimos 12 meses de las cuentas que tenga la comunidad fuera de Bankinter y certificado o recibo de titularidad de la misma.
- Acta de la junta de vecinos con el ok a:
- - Realizar la instalación a financiar.
- - Toma de financiación para acometer esta instalación. En caso de haber detalle, deben ser las condiciones del préstamo con Bankinter en cuanto a plazo y condiciones. Si se detallan otras condiciones no será válida la redacción.
- En caso de tener una subvención concedida, se necesita el justificante de la administración correspondiente con el detalle de la misma.
- Presupuesto de la empresa que realiza la actuación.
- Certificado expedido por el administrador con el detalle de la morosidad de la comunidad de manera actualizada.
- Solicitud de financiación.
- Certificación del acta expedida por el secretario administrador con el visto bueno del Presidente que acredite no sólo la adopción del acuerdo sino que también se ha alcanzado el quorum necesario.
Condiciones
- Plazo de amortización: hasta 12 años.
- Carencia de capital de hasta 24 meses.
- Sin intervención notarial hasta 300.000€.
- Amortización: mensual.