Traspasos de EPSVs
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Traspasa tu EPSV a Bankinter y benefíciate de una bonificación con un máximo del 6% sobre el importe traspasado, en una EPSV y que podría alcanzar hasta el 8%, sumando las bonificaciones adicionales durante el periodo de permanencia (8 años).
Traspasa tu Plan de Previsión a Bankinter y benefíciate de hasta un 8% de bonificación1
6%
Contenido 6%
5,5%
Contenido 5,5%
Y hasta un 8%
de bonificación total
Contenido Y hasta un 8%de bonificación total
Lo que supone un 0,25% más sobre tu patrimonio cada año que realices aportaciones a tu EPSV, durante el periodo de permanencia (8 años).
Requisitos:
- Aportar 1.500€ a tu EPSV entre el 01/01 y el 31/12.
- Mantener un patrimonio igual o superior a 30.000€ en EPSV al cierre del año.
Condiciones adicionales
Contenido Condiciones adicionales- Abono máximo de bonificación: 9.000€ brutos
- Compromiso de Permanencia hasta el 31/12/2032.
- Queda excluidos de la promoción: Plan de Previsión BK Dinero.
Plan de previsión
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Información de Interés
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Desplegar/Plegar texto legal1
Traspaso de EPSV: Oferta válida desde el 01/03/2025 hasta el 30/04/2025. La bonificación es del 6% (1,17% TAE calculada a 5 años) para traspasos de Planes de Previsión de un importe igual o superior a 60.000€ y del 5% (0,98% TAE calculada a 5 años) para traspasos de planes de previsión si el importe es inferior a 60.000€ e igual o superior a 1.000€. Se bonifica el saldo correspondiente al neto de traspasos de entrada y de salida solicitados durante el periodo de la promoción. Es requisito adicional al traspaso, dar de alta por primera vez una aportación periódica mensual a su Plan de Previsión por importe igual o superior a 100€ mensuales, o bien complementar el traspaso con la contratación de un PIAS (Plan Individual de Ahorro Sistemático). De no cumplir uno de estos requisitos, la bonificación se reducirá en un 0,5%, es decir: 5,5% ( 1,08% TAE calculada a 5 años) para traspasos igual o superior a 60.000€ o 4,5% (0,88% TAE calculada a 5 años) para traspasos inferiores a 60.000€. Ambas opciones deben ser efectivas entre el 01/03/2025 y el 30/04/2025 y mantenerse durante 12 meses. Se abonará el 30 de mayo de 2025 (salvo aquellos que por demora en la gestión de la Entidad ordenante lleguen a Bankinter más tarde del día 20 de mayo de 2025). El periodo de permanencia de la participación en el Plan de Previsión de Bankinter Previsión, EPSV Individual es hasta 31/12/2032. Importe máximo de bonificación será de 9.000 € brutos. El abono de esta bonificación tiene la consideración de rendimiento de capital mobiliario, por lo tanto sobre el importe bruto que se practicará la correspondiente retención fiscal y en cuenta le abonaremos el importe neto resultante. Quedan excluidos de esta oferta los traspasos al Plan de Previsión Bk Dinero. Si durante el periodo de permanencia establecido el cliente reduce los derechos consolidados/económicos existentes a la fecha de bonificación de la presente campaña, por alguno de los siguientes motivos: traspaso (total o parcial) a otra entidad, traspaso al Plan de Previsión enunciado en el punto anterior, o por rescate de los derechos consolidados/económicos, estará obligado a devolver el importe bruto total de la bonificación recibida.
Plan Fidelidad EPSV: Bonificación anual del 0,25% (TAE 0,05%) sobre el patrimonio en sus Planes de Previsión de Bankinter Previsión, EPSV Individual, a cierre de año, siempre que dicho patrimonio sea igual o superior a 30.000€ y que este se mantenga hasta la fecha de abono de la bonificación (15 de febrero del año siguiente), y además se hayan realizado aportaciones de 1.500€ o más, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Los traspasos no computan como aportaciones. El abono de esta bonificación tiene la consideración de rendimiento de capital mobiliario, por lo tanto, sobre el importe bruto se practicará la correspondiente retención fiscal y en cuenta le abonaremos el importe neto resultante.
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Desplegar/Plegar texto legal2 Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) de la entidad Bankinter Seguros de Vida S.A. de Seguros y Reaseguros comercializado por Bankinter, S.A., como OPERADOR DE BANCA-SEGUROS vinculado, con domicilio en Paseo de la Castellana, 29 (CP 28046), inscrita en el Registro Mercantil de Madrid Tomo 1857, Folio 220, Hoja, 9643, provisto de y CIF A-28157360 y en el Registro Administrativo Especial de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda (Pº de la Castellana, 44, 28046 Madrid), http://www.dgsfp.mineco.es, con clave OV-0028, el operador de banca-seguro, tiene concertado el seguro de responsabilidad civil requerido por el artículo 152 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales. Se trata de un producto financiero de riesgo importante, que puede generar beneficios pero también pérdidas. El operador de banca-seguros tiene suscritos contratos de agencia de seguros con las entidades incluidas en el siguiente enlace. El documento con los datos fundamentales para el inversor y folleto informativo a su disposición en Bankinter.com y el siguiente enlace.
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Desplegar/Plegar texto legalPlanes de Previsión: Bankinter Previsión, EPSV Individual; Socio Promotor: Bankinter SA; Gestor: Bankinter Seguros de Vida, SA de Seguros y Reaseguros. La entidad Gestora de los Fondos de Pensiones es Bankinter Seguros de Vida, S.A. de Seguros y Reaseguros.