El Consejo General de Economistas ha presentado un listado de consejos que se salen de lo común para planificar la renta 2017 (a presentar en 2018).
Las 60 recomendaciones que se han presentado en el marco de las Jornadas Tributarias están divididas en función del perfil del contribuyente.
A continuación te presentamos cinco consejos fiscales originales si eres empresario o profesional:
- Si eres empresario o profesional y trabajas desde casa, te podrás deducir los gastos de titularidad del inmueble en proporción a los metros cuadrados que destine a la actividad, como son el IBI, la comunidad de vecinos, tasas, etc. Asimismo, podrás deducir un porcentaje, según el tiempo que destine al desarrollo de la actividad, de la parte de vivienda utilizada en la misma sobre los gastos de suministros como Internet, luz, agua o calefacción. En 2018 la ley fija ese porcentaje en el 30% para evitar litigiosidad.
- Si eres empresario y profesional y te desplaza por motivos de trabajo fuera del domicilio de la actividad y te tienes que pagar la manutención, podrás deducirte ese gasto siempre que esté justificado por factura y sea necesario. No obstante, a partir de 2018 estos gastos se podrán deducir con los límites establecidos para las dietas exceptuadas de gravamen reguladas en el Reglamento y que se paguen con tarjeta.
- Si realizas actividades económicas y determinas el rendimiento neto en estimación directa, y piensas que crearás empleo en 2017 y 2018 respecto a 2016, contando con que puedas beneficiarte del régimen especial de empresas de reducida dimensión, te interesará invertir en elementos nuevos del inmovilizado material o de las inversiones inmobiliarias que podrás amortizar libremente hasta en 120.000 euros/año por cada persona/año de incremento de plantilla.
- Si pretendes realizar gastos de atenciones a clientes y proveedores antes de que termine el año y vas a superar en este tipo de gastos los 2.000 euros anuales, te puede interesar aplazar el exceso de ese importe a 2018, ya que está limitado el gasto deducible por este concepto a la citada cantidad.
- Si determinas el rendimiento neto de su actividad por estimación objetiva, y en 2018 vas a poder seguir haciéndolo porque no estimas superar los límites en este año, es el momento de echar cuentas y ver si su rendimiento neto real supera o no llega al que le sale por módulos. En el segundo caso te podría interesar renunciar al régimen, teniendo en cuenta que la estimación directa conlleva obligaciones formales mayores.
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