Renta 2017

Renta 2017: Seis consejos fiscales originales si has transmitido elementos patrimoniales


27.11.2017

Escrito por: Redes Sociales


El Consejo General de Economistas ha presentado un listado de consejos que se salen de lo común para planificar la renta 2017 (a presentar en 2018).

Las 60 recomendaciones que se han presentado en el marco de las Jornadas Tributarias están divididas en función del perfil del contribuyente

A continuación te presentamos seis consejos si has transmitido elementos patrimoniales:

  1. Si en lo que llevamos de 2017 has transmitido algún elemento patrimonial obteniendo por ello una plusvalía, tienes hasta fin del ejercicio para realizar minusvalías tácitas que tengas en algún otro elemento patrimonial. Así reducirás la tributación de la ganancia patrimonial que ya se ha materializado.
  2. Por el contrario, si has transmitido algún bien o derecho y te ha producido una pérdida patrimonial, puedes aprovecharla para reducir la tributación de la ganancia que puedas materializar, de aquí a fin de año, transmitiendo con plusvalía otro elemento de su patrimonio.
  3. También debes comprobar las autoliquidaciones de los tres años anteriores, por si tienes un saldo negativo derivado de la compensación de ganancias y pérdidas patrimoniales que no hayas podido compensar. Como esa posibilidad se pierde si no se ejercita en un máximo de cuatro años, te puede convenir materializar alguna plusvalía tácita transmitiendo el correspondiente bien o derecho para aprovechar dicho saldo.
  4. Si tienes una ganancia patrimonial realizada en el ejercicio y quieres rebajar la tributación de la misma con la materialización de una pérdida en participaciones de un fondo de inversión, puedes vender dichas participaciones y, si quieres reinvertir en otra institución de inversión colectiva, no siga el procedimiento de reinversión con diferimiento establecido para aprovechar la pérdida.
  5. Si no te pagan un crédito, y no adquiere eficacia una quita sobre el mismo, te interesa iniciar cuanto antes un procedimiento judicial para ejecutar dicho crédito y así, cuando transcurra un año desde el inicio de dicho procedimiento, podrás ya imputarse la pérdida.
  6. Si vas a transmitir participaciones de una entidad no cotizada, y el precio va a ser inferior al valor neto contable de la participación o al resultado de capitalizar al 20% los beneficios de los tres últimos años, te interesará preparar pruebas para destruir la presunción de que el valor es, como poco, el mayor de los dos apuntados.

 

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