Si bien es cierto que octubre fue un mal mes para las entidades financieras, que vieron mermadas en 16.500 millones sus depósitos según datos del Banco de España, el sistema denota algunos síntomas de mejoría. Los dos agentes más relevantes para el análisis lo constituyen las sociedades no financieras, que el pasado mes recortaron los depósitos en cerca de 10.800 millones y los hogares, en 3.200 millones. Si a la suma de ambas se le corrige la estacionalidad, la caída es prácticamente nula, lo que ha llevado a algunos expertos a, descontando el comportamiento habitual de la serie en octubre, apreciar un estancamiento de los depósitos.
Desde diciembre de 2012, los depósitos de hogares y empresas caen en tasas interanuales (-0,6%).
¿Qué ha provocado este declive?
Algunas de las razones que dan los expertos son:
- la sustitución de los depósitos por otros productos de mayor rentabilidad
- el mayor consumo de los hogares
- el pago trimestral del IVA por parte de las empresas.
Fuente: Banco de España
Pero si echamos la vista más atrás, hasta el comienzo de la crisis, vemos que los depósitos de los hogares han crecido un 10,6% desde 2008, hasta los 731.262 millones de euros, lo que ilustra una mejora de la capacidad de ahorro de las familias. Pero en este tiempo, otro dato llama también la atención: los residentes de otros Estados Miembros de la Unión económica y monetaria (UEM) han aumentado los suyos en un 23,7%, hasta los 44.997 millones.
En relación con los depósitos, las entidades financieras deberán liquidar este mes el 0,03% el impuesto a los depósitos bancarios en el conjunto de España. Un tributo creado a priori para desactivar tributos autonómicos en esta línea y homogeneizar la fiscalidad en enero de 2013, pero que un Decreto-Ley del pasado julio introdujo la actual cuantía.
Este nuevo impuesto tiene carácter directo, y grava (hecho imponible) el mantenimiento de fondos de terceros por entidades de crédito o sucursales que operen en territorio español, incluidas las sucursales en territorio español de entidades de crédito extranjeras. De esta forma, el tributo lo deben pagar las entidades financieras, pero quedan exentos el Banco de España, el Banco Europeo de Inversiones, el Banco Central Europeo y el Instituto de Crédito Oficial.
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