¿Cómo afecta la reforma fiscal en los rendimientos del trabajo?


27.11.2014

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El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), dependiente al Consejo General de Economistas, ha elaborado una guía práctica sobre la reforma fiscal en la que hace recomendaciones para tomar decisiones de la manera más eficaz tanto antes como después de la entrada en vigor de la reforma. Conviene tomar nota de estas recomendaciones porque lo que hagamos de aquí a final de año puede tener importantes consecuencias fiscales.

Estas son algunas de las recomendaciones que se hacen para el tratamiento de rentas derivadas del trabajo

1. Reducción del trabajo por irregularidad. Bonus

Si vas a percibir en 2014 algún rendimiento del trabajo irregular, valora si te conviene no aplicar la reducción para beneficiarte en 2015 o siguientes de la misma (al 30%), si sabes que cobrarás una cantidad irregular más elevada que la que percibirás este año.

A partir de 2015 no se podrás aplicar la reducción por irregularidad si dentro de los 5 años anteriores ya la aplicaste por otro rendimiento del trabajo.

Por el contrario, si el importe irregular a cobrar este año es superior a los que puedes percibir en ejercicios futuros, te conviene cobrarlo ya por varios motivos: podrás aplicar la irregularidad al 40% y será así aun cuando lo percibas de forma fraccionada, siempre que el período de generación entre el número de años del fraccionamiento sea superior a 2.

Si has generado un bonus con derecho a reducir por irregularidad en 2014 y pactaste percibirlo fraccionadamente, teniendo derecho a reducirlo con la norma en vigor, te convendrá alterar el calendario de percepciones adelantando una fracción a este año para poder reducir por las siguientes.

2. Reducción por movilidad geográfica. Cambio en la ciudad de trabajo

Si te encuentras inscrito en la oficina de empleo y estás pensando aceptar un trabajo, pero no lo tienes claro porque ello te supone trasladar tu residencia a un nuevo municipio, debes saber que si lo aceptas antes de 2015 podrás reducir la renta del trabajo obtenida en 2014 y 2015 en 2.652 euros cada año. Si tomas la opción ya en 2015 solo podrás aplicar un gasto por este concepto de 2.000 euros en 2015 y 2016.

 3. Entrega gratuita de acciones a los trabajadores

Si tu empresa quiere premiarte con acciones de la misma, interesa que dichas acciones se entreguen en 2014, ya que en los años siguientes esos rendimientos del trabajo en especie dejarán de estar exentos, salvo (según enmienda en el Senado pendiente de aprobación) que la oferta de acciones se haga a todos los trabajadores de la empresa en las mismas condiciones.

4. Entrega de vehículo al trabajador

Si a partir de 2015 la empresa te cede un vehículo, propón que sea uno de los considerados eficientes energéticamente, de esta manera podrás reducir un 30% la valoración de la renta en especie.

 

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