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Compra vivienda: documentación necesaria para la firma ante el notario

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13.11.2018

Escrito por: Comunicación


¿Qué documentos hay que presentar en la firma ante notario de compraventa e hipoteca de una vivienda

El momento de firmar la compraventa de una vivienda ante el notario es el hito que suele dar por cerrada la operación. Es probablemente el momento más importante de la operación de compraventa porque será cuando la vivienda cambia de forma efectiva de manos y cuando se suele hacer la entrega de llaves. Para ese momento, además de tener toda el tema económico resuelto (hipoteca, transferencias, cheques, provisión de gastos, etc.), es importante acudir con una documentación obligatoria y que nos ahorrará nervios y disgustos de última hora.

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Documentación necesaria para la firma de la compraventa e hipoteca de una vivienda ante Notario

1). DNI/CIF o tarjeta de residencia, perfectamente vigente

Presentar el DNI/CIF o tarjeta de residencia es necesario para todos los intervinientes en la firma: compradores, vendedores y avalistas (si se diera el caso).

2). Poder notarial

En el caso de que alguien actúe en representación de alguno de los intervinientes bien sea por ausencia o por temas de pragmatismo, es necesario acompañar el poder notarial que permite plasmar la firma en nombre del representado.

3). Último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)

En el caso de viviendas usadas, el vendedor debe aportar el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) al corriente de pago.

4). Certificado emitido por la Comunidad de Propietarios

En el caso de viviendas usadas, también es necesario aportar un certificado emitido por la Comunidad de Propietarios (generalmente por el administrador de fincas), indicando que la vivienda se encuentra también al corriente de pago de los recibos de la comunidad.

5). Ficha de Información Personalizada y Oferta Vinculante

La ficha de Información Personalizada (FIPER) y Oferta Vinculante son ambos documentos que la entidad financiera habrá aportado en algún momento al comprador de la vivienda y que conviene llevarla ante notario por si hubiera cualquier tipo de duda o dato a editar.

6). Documento de Información Personalizada Complementaria

Documento de Información Personalizada Complementaria (solo para Andalucía).

Con toda esta documentación, no deberíamos tener ningún problema en el notario porque será la gestoría la que se habrá encargado en los días anteriores de preparar todo el resto de los papeles necesarios.

7). Borrador de la escritura

Borrador de la escritura: en los días previos, el comprador de la vivienda puede solicitar una copia de la escritura para cotejar que todo está correcto y evitar situaciones de nervios en el notario.

 

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