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Nuevas Líneas ICO para la compra de vivienda habitual con hipoteca 100% financiada.
Pensadas para aquellas personas que, contando con solvencia financiera y capacidad de pago, no tienen ahorrado ese 20% del valor de la vivienda. Avalar ese pequeño, pero gran porcentaje y que puedas conseguir una vivienda sin entrada, 100% financiada, es lo que te ofrecen las nuevas Líneas ICO.
Podrán solicitarlo un máximo de 2 personas, las mismas que vayan a aparecer como titulares de la vivienda, que tengan entre 18 y 35 años en el momento de la firma y residentes en España durante al menos dos años previos a la solicitud. Además será necesario que cumplir los siguientes requisitos:
No podrán acogerse a este aval las personas que cuenten con una propiedad a su nombre, excepto las que pudiese tener por parte alícuota perteneciente a herencia, mortis causa o que aun siendo titular de un inmueble acrediten su no disponibilidad por separación o divorcio.
Las personas solicitantes no podrán contar con ahorros superiores 150.000 € por cada titular.
Los ingresos de la persona que adquiere la vivienda no podrán ser superiores al IPREM que esté vigente a la fecha de formalización del Préstamo Hipotecario, multiplicado por el número de veces que establezca la provincia en la que está situada la vivienda. En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos titulares, sus ingresos, en conjunto, no podrán superar la suma del límite establecido para cada uno.
En 2026, el IPREM se establece en 7.200 € (12 pagas) o 8.400 € (14 pagas).
Por ejemplo, el límite máximo de ingresos si la vivienda está ubicada en la Comunidad de Madrid y tomando el IPREM anual para 14 pagas, se establece en 63.000 € anuales, el doble si hay dos titulares, 126.000 €. Hay que multiplicar por 8.400€ por 7,5.
Te dejamos una tabla con los IPREM multiplicados, para que te sea más sencillo:
Consulta aquí la tabla de límites de ingresos por provincia.
El aval lCO está destinado a la compra de vivienda ya construida, para uso habitual permanente y no podrá estar destinada a ninguna actividad comercial
El importe que se tomará como referencia para la formalización del préstamo será el menor entre el importe de compra-venta y el valor de tasación de la vivienda. En cualquier caso, el valor de referencia no podrá superar el máximo concebible marcado por cada comunidad autónoma.
Tabla de importes máximos por comunidad autónoma.
El porcentaje máximo del aval se establece según la calificación energética de la vivienda:
Calificaciones energéticas A,B,C y D
Calificaciones energéticas E,F y G
Podrán solicitarlo un máximo de dos personas físicas, las mismas de la titularidad de la compra, mayores de 18 años, residentes en España durante al menos dos años previos a la solicitud y con menores de edad a su cargo. Además será necesario que cumplir los siguientes requisitos:
La medida cuenta con factores de mejora en función del número de hijos y en el supuesto de familias monoparentales. El límite se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 €) por cada menor a cargo y, además, en el caso de familia monoparental se podrá incrementar en un 70% adicional.
No, solo aquellas personas que cumplan con los requisitos establecidos por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa junto con el ICO (Instituto de Crédito Oficial).
En general, no, excepto en los siguientes casos excepcionales:
La Línea ICO para la compra de vivienda permite que las personas solicitantes tengan hasta un máximo de 100.000 € de ahorro en el momento de la compra por cada titular.
No, la fecha de inicio del préstamo debe coincidir con la fecha de adquisición de la vivienda.
La financiación incluirá la vivienda y sus anexos siempre que estos se encuentren en la misma finca.