Existe todo un conjunto de ayudas y facilidades a las familias con hijos. La novedad es que a partir del 1 de enero de 2021 se igualará, por primera vez, el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores que podrán disfrutar de 16 semanas de prestación. A continuación comenzamos a explicar las más comunes:
Baja de maternidad y paternidad
Las 16 semanas de permiso para ambos progenitores se podrán dividir de la siguiente manera:
- 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto
- Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción).
Se podrá ampliar la duración por 1 semana para cada progenitor, por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento múltiple y en caso de discapacidad del hijo. También es posible la ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.
El Instituto Social de la Seguridad Social (INSS) amplió su servicio para solicitar telemáticamente los periodos sucesivos de descanso si los progenitores optan por dividir este periodo y consultar el estado de esta solicitud.
El disfrute del permiso, y por tanto de la prestación, es intransferible en 2021.
Prestación económica por nacimiento de un hijo
Las prestaciones por maternidad y paternidad se unifican en una única prestación denominada Nacimiento y cuidado de menor, que consistirá en un subsidio equivalente al 100% de una base reguladora (equivalente a la que esté establecida para la prestación de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes). Más información: en este enlace.
Se trata de un subsidio que se da en el caso de nacimiento o adopción múltiple. Lo pueden solicitar las madres solteras, con alguna discapacidad o las familias numerosas. Se trata de un pago único de 1.000 euros que reciben los progenitores o adoptantes.
Para ver si se tiene derecho se tienen en cuenta los ingresos, que no pueden superar nivel máximo. En caso de que los salarios no lleguen a los ingresos mínimos se aboraná la prestación íntegra de 1000 euros. En caso de ser superiores al límite mínimo se percibirá una asignación igual a la diferencia de sumar al límite mínimo 1000 euros y los ingresos. Es decir, Límite mínimo +1000 euros - Ingresos, siempre que los ingresos no superen los máximos.
FAMILIAS NUMEROSAS, MONOPARENTALES Y MADRES DISCAPACITADAS |
|||
---|---|---|---|
HIJOS A CARGO |
LÍMITE MÍNIMO DE INGRESOS |
ASIGNACIÓN ÍNTEGRA ANUAL |
NIVEL MÁXIMO INGRESOS |
1 |
12.424,00 |
1.000,00 |
13.395,59 |
2 |
14.287,60 |
1.000,00 |
15.230,77 |
3 |
16.151,20 |
1.000,00 |
17.065,95 |
4 |
18.014,80 |
1.000,00 |
18.901,14 |
5 |
19.878,40 |
1.000,00 |
20.736,32 |
FAMILIAS NUMEROSAS con título de familia numerosa |
|||
---|---|---|---|
HIJOS A CARGO (n) |
LÍMITE MÍNIMO (Lm) Ingresos <Lm> |
ASIGNACIÓN ÍNTEGRA ANUAL |
NIVEL MÁXIMO INGRESOS |
3 |
18.699,00 |
1.000,00 |
19.613,75 |
4 |
21.728,00 |
1.000,00 |
22.614,34 |
5 |
24.757,00 |
1.000,00 |
25.614,92 |
6 |
27.786,00 |
1.000,00 |
28.615,50 |
7 |
30.815,00 |
1.000,00 |
31.616,09 |
Más información: ¿Cómo solicitar la prestación de pago único por nacimiento/adopción y cuáles son los requisitos?
Fuente: Seguridad Social
Ayuda familiar por hijo o menor acogido
Para solicitar esta ayuda los hijos deben tener menos de 18 años, estando también incluidos los casos de mayores de esa edad afectados por una discapacidad igual o mayor del 65%. La ayuda variará en función de la edad y la discapacidad, y está sujeta a unos límites máximos de ingresos para poder recibirla:
- Hijos o menores a cargo menores de 18 sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%
Desaparece la ayuda concedida por la Seguridad Social por hijo o menor a cargo, sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33% y esta prestación se integra desde el 1 de enero de este año dentro del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
- Mayores de 18 años con una discapacidad igual o mayor del 65%
En este caso tampoco habría limitación de ingresos máximos, y se concedería un importe de 4.747,20 euros anuales por hijo, 395,60 euros al mes.
- Mayores de 18 años con una discapacidad igual o mayor del 75%
Como en los anteriores, no habría limitación de ingresos. El importe de esta ayuda asciende a los 7.120,80 euros al año, 593,40 euros al mes.
Para solicitar estas ayudas se debe entregar la documentación necesaria en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social.
Ingreso Mínimo Vital
La puesta en marcha del Ingreso Mínimo Vital va a exigir una progresiva reordenación del conjunto de ayudas estatales cuyos objetivos se solapan con los de esta nueva política. Y este proceso de reajuste se iniciará en 2021 con la eliminación de la actual prestación de la Seguridad Social por hijo o menor acogido a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%.
El ingreso mínimo vital es una prestación económica que se percibe de forma mensual (la anterior ayuda por hijo o menor al cargo era semestral), cuya cuantía viene determinada por la diferencia entre la cuantía de la renta garantizada y el conjunto de todas las rentas e ingresos de la persona beneficiaria.
Cuantía mensual para la unidad de convivencia para 2021:
- 751,89 euros para una unidad de convivencia formada por dos adultos y un menor
- 714,30 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y un menor.
- 855,28 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y dos menores.
- 996,26 euros para una unidad de convivencia monoparental formada por un adulto y tres o más menores.
Cuantías de la renta garantizada en 2021 |
|
Unidad de convivencia |
Euros año |
Un adulto |
5.639,20 |
Un adulto y un menor |
8.571,58 |
Un adulto y dos menores |
10.263,34 |
Un adulto y tres o más menores |
11.955,10 |
Dos adultos |
7.330,96 |
Dos adultos y un menor |
9.022,72 |
Dos adultos y dos menores |
10.714,48 |
Dos adultos y tres o más menores |
12.406,24 |
Tres adultos |
9.022,72 |
Tres adultos y un menor |
10.714,48 |
Tres adultos y dos o más menores |
12.406,24 |
Cuatro adultos |
10.714,48 |
Cuatro adultos y un menor |
12.406,24 |
Otros |
12.406,24 |
¿Todo el mundo recibe la misma cantidad?
No, depende de los ingresos previos. La prestación que finalmente se va a recibir se va a calcular como la diferencia entre los ingresos mensuales que tenga la unidad de convivencia y la renta garantizada por el IMV para cada caso..Por ejemplo, un hogar con cuatro personas tiene derecho a 877 euros. Si sus ingresos mensuales son de 300 euros, la prestación mensual será de 577 euros.
El ingreso mínimo vital es intransferible. No podrá ofrecerse en garantía de obligaciones, ni ser objeto de cesión total o parcial, ni de compensación o descuento, ni de retención o embargo.
Si tu familia es beneficiaria de la asignación económica por menor a cargo, ¿debe realizar la solicitud?
No, la Seguridad Social concederá de oficio el IMV a las familias beneficiarias de dicha prestación, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la Ley.
Más información sobre Ingreso Mínimo vital (requisitos, beneficiarios,, duración, simulador…) en este enlace.
Bonificación de las cuotas para contratar a un cuidador familiar
Si resulta necesario contratar a una persona que permita conciliar la vida familiar y laboral, existe una bonificación del 45% de las cuotas de la Seguridad Social para las familias numerosas o monoparentales. Puedes tener más información en la siguiente página de la Seguridad Social: Bonificación empleadores
Reducción de jornada por lactancia
En la actualidad, ambos progenitores tiene derecho al permiso de lactancia y no se puede ceder (el que no ejerza este permiso, lo pierde) hasta que el hijo cumpla 9 meses. Es posible decidir cómo distribuir ese tiempo a lo largo del día.
- Media hora libre y retribuida cada día laborable al principio o al final de la jornada
- Una hora libre y retribuida cada día laborable dentro de la jornada
- Acumular todas las horas libres en varios días libres y retribuidos (aparte del permiso por nacimiento y cuidado de menor)
El permiso de lactancia es perfectamente compatible con la reducción de jornada por cuidado de un hijo. Sin embargo, no es compatible con la excedencia por cuidado de un menor de tres años.
Ayuda de 100 euros para madres trabajadoras (deducción por maternidad)
Se trata de una ayuda para madres trabajadoras por cuenta ajena o autónomas (deducción por maternidad) que puede percibirse en forma de deducción anual en el IRPF de hasta 1.200 euros hasta que el niño cumpla tres años, o bien solicitar el abono anticipado de la misma a razón de 100 euros mensuales por niño menor de tres años. Toda la información en la página de la Agencia Tributaria (deducción maternidad)
Prestaciones del Servicio de Empleo Público (SEPE)
Ayuda familiar
Se trata de un subsidio que pueden percibir las madres con cargas familiares tras agotar la prestación por desempleo. Si quieres saber los requisitos y la documentación necesaria, puedes consultarlo aquí: SEPE Cargas familiares. Además, puede obtener más información en el teléfono de atención a la ciudadanía.
Subsidio por insuficiencia de cotización
Se puede solicitar cuando no se haya cotizado lo suficiente para poder solicitar la prestación contributiva. Solo hacen falta tres meses para poder solicitarlo si se tienen hijos al cargo, o seis meses si se tienen responsabilidades familiares. En este enlace puedes consultar toda la información: SEPE subsidio
¿Cómo puedo saber si tengo derecho a ayudas familiares?
Como cada ayuda tiene sus requisitos concretos, os dejamos un enlace a las páginas de la Seguridad Social relativas a las prestaciones familiares:
- Prestación económica por hijo o por menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción
- Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres con discapacidad
- Prestación económica por parto o adopción múltiples
- Prestación familiar en su modalidad contributiva
Además, la Seguridad Social tiene habilitado un apartado para poder consultar vuestro caso de manera confidencial: Consultar si tengo derecho a ayudas