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Ingreso Mínimo Vital: ¿qué es y quién tiene derecho a recibirlo?


13.01.2024

Escrito por: Redacción


En 2020 se aprobó en España el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos. En este artículo te contamos en detalle qué es el Ingreso Mínimo Vital, quién tiene derecho a recibirlo, cuánto es la ayuda, cómo solicitarlo y cuándo lo ingresan.

En 2024, el Gobierno ha aprobado que el IMV se revalorice un 6,9%.

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación del Estado destinada a las personas en riesgo de pobreza y exclusión social que viven solas o con otras y carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas.

El Ingreso Mínimo Vital garantiza un nivel mínimo de renta a esas personas.

¿Cuáles son los requisitos del Ingreso Mínimo Vital? 

Existe derecho a percibir el IMV siempre y cuando los ingresos de la persona o unidad de convivencia sean inferiores a la renta garantizada. Y se fijan unos requisitos para su solicitud, como tener residencia en España y estar en situación de vulnerabilidad económica. 

Lo más importante es acreditar que el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda.

No computan como ingresos los salarios sociales, rentas mínimas de inserción y ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.

No obstante, el acceso al Ingreso Mínimo Vital dependerá exclusivamente del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite. Cualquier persona con unos ingresos inferiores a la renta garantizada por el Ingreso Mínimo Vital y un patrimonio menor al máximo establecido, podrá ser beneficiaria del IMV.

Límite de patrimonio para solicitar el Ingreso Mínimo Vital

El patrimonio máximo permitido para poder tener derecho a percibir el IMV es de 3 veces la cuantía anual de la prestación para cada uno de los casos, restando posibles deudas que se tengan y sin tener en cuenta el valor de la vivienda habitual. El límite de patrimonio neto también aumentará según el número de personas que vivan en la unidad de convivencia.

Límite en euros en el patrimonio en relación con la unidad de convivencia:

Unidad de convivencia

Límite euros

Un adulto solo

20.353,62

Un adulto y un menor

28.495,07

Un adulto y dos menores

36.636,52

Un adulto y tres menores

44.777,96

Un adulto y más de tres menores

52.919,41

Dos adultos

28.495,07

Dos adultos y un menor

36.636,52

Dos adultos y dos menores

44.777,96

Dos adultos y tres o más menores

52.919,41

Tres adultos

36.636,52

Tres adultos y un menor

44.777,96

Tres adultos y dos menores

52.919,41

Cuatro adultos

44.777,96

Cuatro adultos y un menor

52.919,41

Otros

52.919,41

Fuente: Seguridad Social

¿Quién tiene derecho al Ingreso Mínimo Vital?

Podrán ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital personas que cumplan ciertos requisitos, como por ejemplo: 

  • Tener entre 23 y 29 años con residencia legal y efectiva en España y haber vivido de forma independiente durante al menos los dos años anteriores a la solicitud.
  • Personas víctimas de trata, explotación sexual o violencia de género (acreditarán esta condición a través de un informe emitido por los servicios que las atienden o por los servicios sociales públicos). En este supuesto, la prestación de servicio residencial podrá ser permanente.

  • Personas de entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores de las diferentes comunidades autónomas.

  • Personas sin hogar.

Puedes ver todos los detalles aquí.

¿Cuánto es el Ingreso Mínimo Vital? 

 La cuantía depende del número y el tipo de personas que se acojan a la prestación, de acuerdo con el siguiente cuadro:

Cuantías de la renta garantizada en 2024 - Unidad no monoparental

Unidad de convivencia

Euros / año

Euros / mes
(12 pagas)

1 adulto

7.250,52

604,21

1 adulto y 1 menor

9.425,76

785,48

1 adulto y 2 menores

11.600,88

966,74

1 adulto y 3 menores

13.776,12

1.148,01

1 adulto y 4 o más menores

15.951,24

1.329,27

2 adultos

9.425,76

785,48

2 adultos y 1 menor

11.600,88

966,74

2 adultos y 2 menores

13.776,12

1.148,01

2 adultos y 3 o más menores

15.951,24

1.329,27

3 adultos

11.600,88

966,74

3 adultos y 1 menor

13.776,12

1.148,01

3 adultos y 2 o más menores

15.951,24

1.329,27

4 adultos

13.776,12

1.148,01

4 adultos y 1 menor

15.951,24

1.329,27

Otros

15.951,24

1.329,27

Cuantías de la renta garantizada en 2024 - Unidad monoparental

Unidad de convivencia

Euros / año

Euros / mes
(12 pagas)

1 adulto y 1 menor

11.020,80

918,40

1 adulto y 2 menores

13.196,04

1.099,67

1 adulto y 3 menores

15.371,16 1.280,93

1 adulto y 4 menores o menos

17.546,40 1.462,20

Cuantías de la renta garantizada en 2023 - Unidad monoparental supuestos especiales (*)

Unidad de convivencia

Euros / año

Euros / mes
(12 pagas)

Dos adultos y un menor

13.196,04

1.099,67

Dos adultos y dos menores

15.371,16

1.280,93

Dos adultos y tres o más menores

17.546,40

1.462,20

* Progenitores/ abuelos/ guardadores o acogedores, uno de ellos tenga reconocido un grado 3 de dependencia, la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez. Cuando el otro progenitor/guardador/acogedor se encuentre en prisión o centro hospitalario por un período ininterrumpido igual o superior a un año.

En el caso de beneficiario con algún tipo de discapacidad, las cuantías serán las siguientes.

Cuantías de la renta garantizada en 2024- Complemento discapacidad

Unidad de convivencia

Euros / año


Euros / mes
(12 pagas)

Un adulto solo

8.845,80

737,15

Un adulto y un menor

11.020,80

918,40

Un adulto y dos menores

13.196,04

1.099,67

Un adulto y tres menores

15.371,16

1.280,93

Un adulto y 4 o más menores

17.546,40

1.462,20

Dos adultos

11.020,80

918,40

Dos adultos y un menor

13.196,04

1.099,67

Dos adultos y dos menores

15.371,16

1.280,93

Dos adultos y tres o más menores

17.546,40

1.462,20

Tres adultos

13.196,04

1.099,67

Tres adultos y un menor

15.371,16

1.280,93

Tres adultos y dos o más menores

17.546,40

1.462,20

Cuatro adultos

15.371,16

1.280,93

Cuatro adultos y un menor

17.546,40

1.462,20

Otros

17.546,40

1.462,20

En unidades de convivencia monoparentales y con beneficiarios con algún tipo de discapacidad se sumarán los complementos de acuerdo con la siguiente tabla.

Cuantías de la renta garantizada en 2024 - Unidad monoparental y discapacidad

Unidad de convivencia

Euros / año


Euros / mes
(12 pagas)

Un adulto solo y un menor

12.615,96

1.051,33

Un adulto y dos menores

14.701,20

1.225,10

Un adulto y tres menores

16.966,32

1.413,86

Un adulto y 4 o más menores

19.141,56

1.595,13

Dos adultos y un menor

14.791,20

1.232,60

Dos adultos y dos menores

16.966,32

1.413,86

Dos adultos y tres o más menores

19.141,56

1.595,13


Fuente: Seguridad Social

La cuantía se incrementa si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%. Además, las familias monoparentales tienen un complemento. También se contemplarán posibles incrementos de la cantidad a percibir en forma de Ingreso Mínimo Vital cuando se acrediten gastos de alquiler de la vivienda habitual.

La prestación que finalmente se va a recibir, va a ser calculada como la diferencia entre los ingresos mensuales que tenga la persona o la unidad de convivencia y la renta garantizada por el Ingreso Mínimo Vital para cada caso.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá revisar de oficio, en perjuicio de los beneficiarios, la prestación de Ingreso Mínimo Vital, siempre que dicha revisión se efectúe dentro del plazo máximo de cuatro años desde que se dictó la resolución administrativa que no hubiere sido impugnada.

Asimismo, en tal caso podrá de oficio declarar y exigir la devolución de las prestaciones indebidamente percibidas.

Complemento a la infancia

Se creyó como instrumento para luchar contra la pobreza infantil. El importe se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio.

En 2024, este complemento se mantiene como en 2023 con arreglo a los siguientes tramos:

  • Menores de 3 años: 115 euros.
  • Mayores de 3 años y menores de 6 años: 80,50 euros.
  • Mayores de 6 años y menores de 18 años: 57,50 euros


Complemento o estímulo al empleo

Con el objetivo de incentivar que los beneficiarios del IMV busquen trabajo y mejores su situación económica y laboral, se aprobó en 2022 el complemento llamado ‘estímulo al empleo’, que ya estaba contemplado desde la creación de esta renta mínima.

Con este estímulo se refiere a que una parte de esos nuevos ingresos que se obtengan (ya sea como autónomo o por cuenta ajena o por prestaciones del trabajo exentas de IRPF, como las ayudas por nacimiento y cuidado de menor o el pago único del desempleo para emprender nuevos negocios), no computarán para el cálculo de la prestación. De este modo, se garantizará que los ingresos totales finales (salario o ingresos como autónomo/a + IMV) sean mayores.

  • Se bonifica el 100% de los ingresos de trabajo que lleguen hasta el 60% de la renta garantizada.

  • A partir de ingresos que superen el 60% del IMV, se recibe entre un 20% y un 40% más, dependiendo de si ya trabajaba antes, si hay niños en la unidad de convivencia o si se trata de una familia monomarental o con discapacidad.

  • El dinero a recibir será mayor para las personas que estaban desempleadas y se vuelven a reincorporar al mercado laboral.

Lo puedes leer en este artículo de Civio.

En la revisión anual del IMV se aplicará el mecanismo del Incentivo al Empleo aprobado y se tomará el incremento producido con los datos de dos años anteriores. En el caso de 2024, para beneficiarios del IMV en 2023, se tendrá en cuenta el aumento de rentas del trabajo en 2023.

¿Cuándo ingresan el Ingreso Minimo Vital?

El IMV se cobra mensualmente en 12 pagas y por transferencia bancaria. Siempre que la solicitud sea aprobada, se tendrá derecho a cobrar desde el primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud.

Solicitud del Ingreso Mínimo Vital en la Seguridad Social

La solicitud puede hacerse pidiendo cita presencial en la Seguridad Social.

>>También puede tramitarse por Internet desde este enlace: Sede electrónica de la Seguridad Social

El plazo máximo para resolver su solicitud es de seis meses desde la fecha de presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa, se entenderá denegada la solicitud. No obstante, la Seguridad Social deberá decir expresamente que se ha denegado la solicitud, aunque hayan pasado 6 meses desde que se hizo.

Simulador del Ingreso Mínimo Vital

La Seguridad Social ha creado un simulador en el que podrás comprobar si cumples los requisitos del Ingreso Mínimo Vital y qué importe aproximado te correspondería: 

>> Accede al Simulador del Ingreso Mínimo Vital.

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