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Subsidio para mayores de 52 años: preguntas frecuentes


28.04.2021

Escrito por: Redacción


En 2019 se tomó una medida para aumentar la protección social de los mayores de 52 años: un subsidio para desempleados que hubieran agotado el subsidio por desempleo. Si tienes dudas sobre si puedes solicitarlo o cuáles son sus requisitos, en este artículo tratamos de explicar todos sus aspectos en detalles.

¿A quién va dirigido el subsidio para mayores de 52 años? 

Estas ayudas van destinadas a mayores de 52 años que se encuentren en una de las siguientes situaciones:

  • Estén en desempleo.
  • No tengan la condición de persona trabajadora fija discontinua.
  • Han agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo.
  • Han cotizado por desempleo, al menos, entre 90 y 359 días.
  • Sean emigrantes que han retornado a España (debe haber trabajado en el extranjero como mínimo 12 meses en los últimos seis años) y no tengan derecho a prestación contributiva por desempleo.
  • Sean liberados de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo, cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
  • Hayan sido declarados persona con incapacidad permanente parcial.

Requisitos para el subsidio de mayores de 52 años

  • Tener 52 años o más, sin llegar a la edad de jubilación que corresponda.

  • Estar inscrito como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo, y no haber rechazado durante ese mes ninguna oferta de colocación adecuada. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.

  • Cumplir el compromiso de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio.

  • Carecer de rentas propias que en cómputo mensual sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. El cumplimiento de este requisito deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio. Únicamente se tendrán en cuenta las rentas de la propia persona solicitante o beneficiaria y no las de su unidad familiar.

  • Acreditar que en la fecha de la solicitud del subsidio se haya cotizado por jubilación 15 años (dos de los cuales han de estar dentro de los últimos 15) y que se ha cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral. Las cotizaciones efectuadas en otros países se tienen en cuenta para percibir este subsidio solo si han sido realizadas en países pertenecientes al Espacio Económico Europeo o con los que exista convenio de totalización de periodos para la protección por desempleo.

  • El requisito de los 90 días cotizados. Además de lo anterior hay otro requisito, que haya un “hecho causante”, o una “vía de acceso” al subsidio: haber terminado de cobrar una prestación contributiva o cobrar o tener derecho a cobrar un subsidio. En caso de que no se tengan estas vías se exige tener acumuladas y sin consumir cotizaciones de por lo menos 90 días. No obstante, este requisito NO se exige cuando se haya permanecido inscrito como desempleado de forma ininterrumpida desde el cese en el trabajo o el agotamiento de la última prestación o subsidio. Esto es lo que dice el SEPE: “Además de poder acceder quienes tengan cumplidos 52 años en la fecha de estar percibiendo o tener derecho a cualquier subsidio, también podrán acceder las personas que anteriormente hayan agotado una prestación o subsidio por desempleo si desde entonces, se han mantenido inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, no teniéndose en cuenta las posibles interrupciones inferiores a tres meses o que correspondan a periodos de actividad”.

Cuantía del subsidio de mayores de 52 años

La cuantía de este subsidio en 2021 asciende a 451,92 euros mensuales en 12 pagas. El año anterior era de 430,27 euros al mes.

¿Cuánto dura subsidio desempleo?

Si se continúan cumpliendo los requisitos exigidos, se percibirá hasta la fecha en la que se cumpla la edad de jubilación ordinaria y no solo hasta la fecha del cumplimiento de la edad para jubilarse anticipadamente.

¿Cuándo se puede pedir el subsidio de mayores de 52 años?

Cuando la situación que da derecho se produce después de los 52 años

A partir del momento en el que se cumpla el plazo de espera de un mes o se acredite la situación legal de desempleo involuntario.  Según la página de la Seguridad Social, el subsidio comenzará a partir del día siguiente a aquel en que se cumpla el mes de espera o a partir del día siguiente al de la situación legal de desempleo.

Cuando la situación que da derecho se produce antes de los 52 años

Si en el momento en el que se produce alguno de los supuestos para pedir el subsidio no se hubiera cumplido aún los 52 años, se deberá presentar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles después de cumplir ducha edad. Si en ese momento se estuviera recibiendo otro subsidio, se dejará de recibir el primero para obtener el de mayores de 52 años.

¿Cómo se solicita el subsidio de desempleo?

Se puede solicitar el subsidio de desempleo de mayores de 52 años a través de la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones mediante cita previa o en cualquier oficina de registro público.

¿El subsidio para mayores de 52 años cotiza para la jubilación?

Durante el tiempo que se perciba, se cotizará para la jubilación y la base de cotización será el 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento, en lugar del 100%.

Compatibilidad del subsidio con el Ingreso Mínimo Vital

El subsidio de mayores de 52 años es compatible con el Ingreso Mínimo Vital y, por tanto, es conveniente comprobar si se tiene derecho al cobro de las dos ayudas.

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