cotizacion seguridad social.jpg

¿Qué es la cotización a la Seguridad Social?


18.01.2022

Escrito por: Redacción


Las cuotas a la Seguridad Social tienen una diferencia fundamental con las retenciones: mientras que las retenciones de IRPF son progresivas, es decir, el porcentaje de retención aumenta en función del total de ingresos que se tengan (a mayor ingresos, mayor retención), las cuotas a la seguridad social son un porcentaje fijo sobre la Base de Cotización, existiendo una Base Mínima y una Base Máxima en función del Grupo de Cotización de cada trabajador.

Un tema que ha llamado la atención en los últimos tiempos es que la cotización a la Seguridad Social tiene una tope máximo. En 2022, no se cotiza por una base superior a los 4.139 euros mensuales o 137,98 euros diarios, aunque el trabajador gane mucho más.

Las bases mínimas de cotización, según categorías profesionales y grupos de cotización, se incrementarán desde el 1 de enero de 2022, en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional, respecto a las vigentes en el 31 de diciembre. Recuerda que el SMI se fijó, mediante Real Decreto de 28 de septiembre, en 32,17 euros/día o 965 euros/mes.

Las bases mínimas de cotización aplicables a los trabajadores con contrato a tiempo parcial se adecuarán en orden a que la cotización en esta modalidad de contratación sea equivalente a la cotización a tiempo completo por la misma unidad de tiempo y similares retribuciones.

Grupo de cotización

Categoría

Base Mínima

Base Máxima

1

Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección excluido del art. 1,3 c de ET

1.572,30 euros

4.139,40 euros

2

Ingenieros, Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados

1.303,80 euros

4.139,40 euros

3

Jefes Administrativos y de taller

1.134,30 euros

4.139,40 euros

4

Ayudantes no titulados

1.125,90 euros

4.139,40 euros

5

Oficiales Administrativos

1.125,90 euros

4.139,40 euros

6

Subalternos

1.125,90 euros

4.139,40 euros

7

Auxiliares Administrativos

1.125,90 euros

4.139,40 euros

Tipos  de cotización en 2022

La cuota a la Seguridad Social de un trabajador por cuenta ajena se divide en dos partes, la que corresponde a la empresa y la que corresponde al trabajador y cada uno aporta un porcentaje según las contingencias que se cubran.

El modelo general de cotizaciones a la Seguridad Social es el siguiente:

Conceptos Empresa Trabajador Total
Contingencias Comunes 23,60% 4,70% 28,30%
Desempleo 5,50% 1,55% 7,05%
FOGASA 0,20% 0,00% 0,20%
Formación Profesional 0,60% 0,10% 0,70%
TOTAL 29,90% 6,35% 36,25%


Si sumamos los porcentajes más habituales tenemos que entre empresa y trabajadores se puede pagar a la Seguridad Social un 36,25% de la Base de Cotización que, no solo  es el Salario Bruto, sino que adicionalmente incluye la mayoría de retribuciones en especie (seguro médico, tique restaurant, seguro de vida….) y, en función del Grupo de Cotización, se establecen unas Bases Mínimas y Máximas.

A partir de este modelo general existen excepciones que dependen de la edad del trabajador, del tipo de contrato, si es temporal o interino, si se han realizado horas extraordinarias y su naturaleza, y, también, si la contratación se ha acogido a alguna modalidad especial como por ejemplo el fomento del empleo.

A parte de Regimen General de trabajadores por cuenta ajena existen regimenes especiales para trabajadores agrarios por cuenta propia, autónomos, empleados del hogar, trabajadores agrarios por cuenta ajena… que, en general, tienen un tratamiento menos gravoso.

Cotización contratos de formación en 2022

La cotización para contratos de formación se incrementarán, desde el 1 de enero de 2022, y respecto de las cuantías vigentes a 31 de diciembre de 2021, en el mismo porcentaje que aumente la base mínima del Régimen General de la Seguridad Social.

Por tanto, la base de cotización del contrato de formación desde el 1 de septiembre de 2021 y durante 2022, es de 1.125,90 euros (a no ser que aumente nuevamente el SMI).

Finalidad de las bases de cotización y de las cotizaciones a la Seguridad Social

Con las Bases de Cotización sobre las cuales se calcula las cotizaciones a la Seguridad Social se calculan las pensiones contributivas de la Seguridad Social, como la pensión de jubilación, de viudedad / orfandad y de incapacidad temporal o permanente, así como las prestaciones de maternidad y paternidad y la prestación de desempleo. En cada una de estas pensiones / prestaciones, se establece una Base Reguladora que dependerá del histórico de nuestras Bases de Cotización y la media ponderada que hayamos tenido en un intervalo de tiempo (que varía en función de cada una de las prestaciones).

Y las cotizaciones a la Seguridad Social, en función de su naturaleza, tienen distintas finalidades:

  • Cotizaciones de Contingencias Comunes: estas cotizaciones se destinan a abonar las prestaciones contributivas de la Seguridad Social, principalmente, jubilación, incapacidad temporal o permanente, viudedad y orfandad.

  • Cotizaciones de Desempleo: estas se destinan a abonar la prestación contributiva de desempleo.

  • Cotizaciones de FOGASA (Fondo de Garantía Salarial): se destinan a pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones pendientes de abonar cuando la empresa se ha declarado insolvente o en concurso de acreedores

  • Cotizaciones de Formación Profesional: estas cotizaciones se destinan a financiar los cursos de formación profesional que imparte la Seguridad Social.

Por último, queremos recordar que el Sistema de la Seguridad Social es un Sistema de Reparto, es decir, las cotizaciones de hoy pagan las pensiones de hoy. Es decir, si hoy estoy trabajando, mis cotizaciones financian las pensiones de los pensionistas actuales, y el día que me jubile, mi pensión será pagada con las cotizaciones de los trabajadores que haya en ese momento. 

 

Artículos relacionados

¿Qué son las retenciones por IRPF?

IRPF: ¿Se pagan más impuestos por tener dos pagadores?

¿Cuánto IRPF me tienen que retener en mi nómina?

BK-167x150_cuentanomina.jpg

¡NUEVO CANAL EN TELEGRAM! Suscríbete ya y recibe en tu móvil noticias y consejos para mejorar tus finanzas.

Suscribirse

Introduzca su correo electrónico para suscribirse.

Introduzca un correo electrónico válido para suscribirse
Por favor, seleccione resumen diario o semanal

Pulsar Suscribir conlleva su aceptación expresa de la Cláusula de Protección de Datos y por tanto, mediante dicha aceptación usted queda informado y consiente que sus datos personales sean objeto de tratamiento automatizado por parte del Banco en los términos recogidos en la LO 15/1999, de 13 de Diciembre, en la Ley 34/2002 del 11 de Julio y en la mencionada cláusula de Protección de Datos