En otros artículos hemos hablado del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), una cotización adicional en vigor desde 2023 que se aplica a todos los regímenes y en todos los supuestos en los que se cotice por la contingencia de jubilación y que pagan tanto los trabajadores como las empresas –en 2025 pasa del 0,7% al 0,8% y se incrementará hasta el 1,2% en 2029–. En este artículo vamos a explicar de cuota de solidaridad, que entrará en vigor el 1 de enero de 2025.
¿Qué es la cuota de solidaridad y cómo se aplica?
La cuota de solidaridad es una cotización adicional que entra en vigor a partir del 1 de enero de 2025 y se aplica en las cotizaciones para las bases máximas de cotización a la Seguridad Social. La cuota de solidaridad se aplicará de la siguiente manera:
- El 5,5% a la parte de retribución comprendida entre la base máxima de cotización y el 10% superior a dicha base.
- El 6% a la parte de retribución comprendida entre el 10% y el 50% superior a la base máxima.
- El 7% a la parte de retribución que supere el 50% adicional a la base máxima.
Esta cuota se distribuirá entre empleador (83,4%) y trabajador (16,6%) en la misma proporción que la distribución del tipo de cotización por contingencias comunes. Para facilitar la adaptación de las empresas, se ha aprobado una Disposición Transitoria que adopta un incremento gradual de las cuotas de solidaridad desde 2025 hasta 2045, de forma que se aplicará de forma progresiva en tres tramos como se ve en la tabla adjunta.
Año |
Tipo de cotización (Retribuciones desde base máxima hasta 10% adicional de la base máxima) (%) |
Tipo de cotización (Retribuciones desde el 10% adicional de la base máxima hasta el 50% adicional de la base máxima) (%) |
Tipo de cotización (Retribuciones superiores al 50% adicional de la base máxima) (%) |
2025 |
0,92 |
1 |
1,17 |
2026 |
1,15 |
1,25 |
1,46 |
2027 |
1,38 |
1,5 |
1,75 |
2028 |
1,6 |
1,75 |
2,04 |
2029 |
1,83 |
2 |
2,33 |
2030 |
2,06 |
2,25 |
2,63 |
2031 |
2,29 |
2,5 |
2,92 |
2032 |
2,52 |
2,75 |
3,21 |
2033 |
2,75 |
3 |
3,5 |
2034 |
2,98 |
3,25 |
3,79 |
2035 |
3,21 |
3,5 |
4,08 |
2036 |
3,44 |
3,75 |
4,38 |
2037 |
3,67 |
4 |
4,67 |
2038 |
3,9 |
4,25 |
4,96 |
2039 |
4,13 |
4,5 |
5,25 |
2040 |
4,35 |
4,75 |
5,54 |
2041 |
4,58 |
5 |
5,83 |
2042 |
4,81 |
5,25 |
6,13 |
2043 |
5,04 |
5,5 |
6,42 |
2044 |
5,27 |
5,75 |
6,71 |
2045 |
5,5 |
6 |
7 |
¿A quién afecta la cuota de solidaridad?
La cuota de solidaridad afectará a los asalariados con sueldos superiores a la base máxima de cotización, que será de 4.909 euros mensuales (58.908 euros anuales) tras un aumento del 4% en comparación con 2024.
La medida no se aplicará a los autónomos, ya que tienen un sistema de cotización distinto.