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Jubilación anticipada voluntaria 2023: nuevos requisitos y penalizaciones


10.01.2023

Escrito por: Redacción


En enero de 2022, se cambió la ley para que jubilarse antes de manera voluntaria esté más penalizado y desde entonces los interesados lo notan en su bolsillo. En la ley de 28 de diciembre de ese año, Garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, se revisan los coeficientes reductores aplicables en materia de jubilación anticipada voluntaria, con el fin de promover la jubilación a edades más próximas a la edad legal de jubilación y favorecer las carreras de cotización más largas.

Si en este artículo te explicamos Cuántos años debo cotizar para jubilarme, ahora nos adentramos en los casos de aquellas personas que deseen jubilarse antes de tiempo. ¿Qué requisitos se necesitan para jubilarte antes? Descúbrelo en este artículo.

Cambios en la jubilación anticipada voluntaria

Desde 2022, el importe de la jubilación anticipada por voluntad del interesado se reduce por mes, y no por trimestre como hasta entonces. Eso sí, si la penalización es algo menos a mayor vida laboral (el máximo, igual o más de 44 años y 6 meses). 

Además, las penalizaciones se efectúan sobre la cuantía de la pensión y no sobre la base reguladora de la misma, como sucedía hasta ahora.

¿Qué requisitos se necesitan para jubilarte antes

Edad

Debe ser inferior en dos años, como máximo, a la legal que en cada caso resulte de aplicación.

La edad legal de jubilación ordinaria viene incrementándose año tras año, durante un periodo transitorio que comenzó en 2013 y que terminará en 2027, a razón de un retraso de 2 meses por cada año.

Para 2023, la edad ordinaria de retiro será a los 66 años y 4 meses si tienes menos de 37 años y 9 meses cotizados, a que para solicitar la jubilación anticipada será necesario tener al menos una edad de 64 años y 4 meses en caso de contar con menos de 37 años y 9 meses de cotización. Si se acumula 37 años y seis meses o más de contribuciones, la edad ordinaria para jubilarse de forma ordinaria serían los 65 años y, por lo tanto, la anticipada podría pedirse a partir de los 63 años. 

Periodo de cotización

Acreditar un período mínimo de cotización efectiva de treinta y cinco años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias.

Además, es necesario que de esos años cotizados, 2 años deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores a la fecha de la jubilación (hecho causante), así como que el importe que corresponda percibir como pensión sea superior a la pensión mínima que le correspondería al cumplir 65 años.

La tabla de coeficientes reductores de la pensión anticipada voluntaria es la siguiente:

 Meses de adelanto

Periodo
cotizado:
menos de 38
años y 6 meses

Periodo cotizado:
igual o superior a
38 años y 6 meses
e inferior a 41
años y 6 meses

Periodo cotizado:
igual o superior a
41 años y 6 meses
e inferior a 44
años y 6 meses

Periodo
cotizado:
igual o superior
a 44 años y 6
meses

24 (2 años máximo)

21 %

19 %

17 %

13 %

23

17,6 %

16,5 %

15 %

12 %

22

14,67 %

14 %

13,33 %

11 %

21

12,57 %

12 %

11,43 %

10 %

20

11 %

10,5 %

10 %

9,2 %

19

9,78 %

9,33 %

8,89 %

8,4 %

18

8,8 %

8,4 %

8 %

7,6 %

17

8 %

7,64 %

7,27 %

6,91 %

16

7,33 %

7 %

6,67 %

6,33 %

15

6,77 %

6,46 %

6,15 %

5,85 %

14

6,29 %

6 %

5,71 %

5,43 %

13

5,87 %

5,6 %

5,33 %

5,07 %

12 (1 año)

5,5 %

5,25 %

5 %

4,75 %

11

5,18 %

4,94 %

4,71 %

4,47 %

10

4,89 %

4,67 %

4,44 %

4,22 %

9

4,63 %

4,42 %

4,21 %

4 %

8

4,4 %

4,2 %

4 %

3,8 %

7

4,19 %

4 %

3,81 %

3,62 %

6

4 %

3,82 %

3,64 %

3,45 %

5

3,83 %

3,65 %

3,48 %

3,3 %

4

3,67 %

3,5 %

3,33 %

3,17 %

3

3,52 %

3,36 %

3,2 %

3,04 %

2

3,38 %

3,23 %

3,08 %

2,92 %

1 mes (mínimo)

3,26 %

3,11 %

2,96 %

2,81 %


Fuente: Ley de 28 de diciembre, de Garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.

Excepción

Cuando en el momento de acogerse a esta modalidad de jubilación el trabajador perciba el subsidio por desempleo, y lo haya hecho durante al menos tres meses, se le aplicarán los coeficientes propios de la anticipada involuntaria, que son más favorables para la persona por haber sido expulsada del mercado laboral por causas no imputables al trabajador.

Tabla resumen de la jubilación anticipada en 2023

Jubilación anticipada por razón del grupo o actividad profesional

Bomberos

No antes de los 60 años, o los 59 años en los supuestos en que se acrediten 35 o más años de actividad efectiva y cotización en el Cuerpo de Bomberos.

La edad ordinaria exigida en cada momento para el acceso a la pensión de jubilación se reducirá en un periodo equivalente al que resulte de aplicar a los años completos efectivamente trabajados como bombero el coeficiente reductor del 0,20%.

Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza

No antes de los 60 años, o los 59 años en los supuestos en que se acrediten 35 o más años de actividad efectiva y cotización en el Cuerpo de la Ertzaintza.

La edad ordinaria exigida en cada momento para el acceso a la pensión de jubilación se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20% a los años completos efectivamente trabajados. 

Personal de vuelo de trabajos aéreos

La edad mínima exigida se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar al período "efectivamente trabajado" en cada categoría un coeficiente reductor:

  • El 0,40 en la de piloto y segundo piloto.
  • El 0,30 en la de mecánico de aeronave, navegante operador de fotografía aérea, operador de medios tecnológicos, fotógrafo aéreo y operador de cámara aérea.

Trabajadores ferroviarios

Se aplica un coeficiente reductor del 0'15 ó 0'10.

Artistas

  • Los cantantes, bailarines y trapecistas podrán causar la pensión de jubilación a partir de los 60 años de edad, sin aplicación de coeficientes reductores, cuando hayan trabajado en la especialidad un mínimo de 8 años durante los 21 anteriores a la jubilación.
  • Los demás artistas, a partir de los 60 años de edad, con una reducción de un 8% en el porcentaje de la pensión, por cada año que falte para cumplir la edad ordinaria exigida en cada momento.

Profesionales taurinos

  • 55 años para los matadores de toros, rejoneadores, novilleros, banderilleros, picadores y toreros cómicos.
  • 60 años para los puntilleros.
  • 65 años o la edad ordinaria exigida en cada momento, para los mozos de estoques y de rejones y sus ayudantes (se podrán jubilar a los 60 años con aplicación de un coeficiente reductor de un 8% por cada año de anticipación si han actuado en 250 festejos en cualquier categoría profesional.

Policía Local

  • La edad ordinaria de jubilación se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar el coeficiente reductor del 0,20 a los años completos efectivamente trabajados.
  • En los años 2021 y 2022 se necesitan 36 años de cotización efectiva como policía local. En 2023, 2024, 2025, 2026, 36 años y seis meses de cotización efectiva como policía local. En 2027, 37 años de cotización efectiva.

Jubilación anticipada

Voluntaria

  • A partir de los 63 años si tiene 37 años y seis meses o más de cotización. A partir de los 64 años y 2 meses  (se se ha cotizado menos de 37 años y seis meses)
  • Al menos 35 años cotizados (2 estén comprendidos en los 15 años previos a pedir la jubilación anticipada).

Forzosa

  • Como máximo cuatro años menos a la edad exigida que en cada caso resulte de aplicación en cada momento. En 2022, 61 años si es forzosa -que se convertirían en 62 años y 2 meses  si la cotización acumulada es menor de 37 años y seis meses.
  • 33 años cotizados ( estén comprendidos en los 15 años previos a pedir la jubilación anticipada).

Fuente: Elaboración propia con datos de la Seguridad Social. 

 


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