Periodo de carencia
En una relación contractual, un lapso de tiempo excepcional y de duración determinada en el cual se exime a alguna de las partes de cumplir parte de las exigencias generales a las que le obliga en contrato. Puede tratarse del aplazamiento en el pago de una deuda, la no obligación de abonar una renta por determinadas razones o el periodo de tiempo durante el cual no surten efecto la cobertura del seguro o bien alguna de sus garantías.
También es el tiempo que transcurre entre la formalización del préstamo o empréstito y la primera amortización del capital. Se llama así porque durante el mismo sólo se pagan intereses, pero no el principal (capital). Los periodos de carencia son habituales en algunas ofertas de préstamos hipotecarios o personales. Hay que sopesar que una vez que expire el periodo de carencia las cuotas mensuales suelen aumentar mucho su cuantía.
Fuente: Banco de España, INE, Finanzas para Todos, KPMG o el IE
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