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¿Cómo es la fiscalidad de los planes de pensiones en 2024?

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30.10.2024

Escrito por: Redes sociales / Redacción


¿Cuánto puedo aportar a mi plan de pensiones para beneficiarme fiscalmente? En este artículo te contamos cuáles son los límites de las aportaciones a planes de pensiones en 2024.

Cambios de fiscalidad de los planes de pensiones del 2024

¿Cuánto puedo destinar al año a mi plan de pensiones?

Límite de reducción adicional al general de 1.500 euros

¿Las aportaciones a través de retribución flexible en qué límite entraría?

¿Siguen siendo atractivos los planes de pensiones? ¿Hay alternativas?

Fiscalidad en los planes de pensiones 2024

En los Presupuestos Generales del Estado 2022, el Gobierno introdujo nuevas modificaciones de los límites máximos de reducción por aportaciones a planes de pensiones individuales y de empleo.

Límite de 1.500 euros

Desde 2022, la limitación de los planes de pensiones es de 1.500 euros.

Planes de empleo

Para los planes de empleo, que son planes de pensiones ofrecidos por las empresas a sus trabajadores, el límite para la empresa se eleva hasta los 8.500 euros, mientras que el umbral conjunto (empresa y trabajador) se mantiene en los 10.000 euros

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Hasta ahora, el trabajador solo podía aportar, como máximo, la misma cuantía que la empresa. Desde 2023 el trabajador puede aportar más que la empresa en función de unos coeficientes –solo para trabajadores con rendimientos íntegros del trabajo de hasta 60.000 € y/o siempre que la empresa aporte menos de 1.500 euros–. Es decir, empresas y trabajador aportan de manera proporcional. Los trabajadores que cobren salarios brutos inferiores a 60.000 € y su empleador efectúe contribuciones empresariales por debajo de 1.500 euros podrán aportar más que la empresa, en función de la cuantía que esta aporte y siguiendo los coeficientes indicados en la siguiente tabla:

Importe anual de contribución Aportación máxima del trabajador
Igual o inferior a 500 euros El resultado de multiplicar la contribución empresarial por 2,5.
Entre 500,01 y 1.500 euros 1.250 euros, más el resultado por multiplicar por 0,25 la diferencia entre la contribución empresarial y 500 euros.
Más de 1.500 euros El resultado de multiplicar la contribución empresarial por 1.


En el caso de aportaciones a planes de pensiones en los que el titular sea el cónyuge (si este no obtiene rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas o los obtenga en cuantía inferior a 8.000 euros anuales), el límite máximo de aportación también se mantiene en 1.000 euros anuales.

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¿Cuáles son los nuevos límites para autónomos con derecho a reducción de aportaciones a Sistemas de Previsión Social?

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos pueden aportar con derecho a reducción en base del IRPF con el límite la menor de dos cantidades:

  • 30% de rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

  • 5.750 euros/año.

Esta aportación puede realizarse a Planes de Empleo simplificados, planes en los que el autónomo sea promotor y participe o planes de pensiones individuales.

¿Cuánto puedo destinar al año a mi plan de pensiones?

El límite financiero de mis aportaciones a un plan de pensiones individual sería 1.500 euros al año. No obstante, si hago una aportación a mi plan empresarial, el límite dependería de la aportación que haga mi empresa, ya que no puedo sobrepasar esa cantidad.

Ejemplo: Si gano menos de 60.000 euros brutos y la empresa aporta cada año 500 euros al plan de empleo (PE), mi aportación máxima al Plan de Empleo como trabajador es el resultado de multiplicar por 2,5 esa aportación (es decir, 1.250 €) al mismo plan. Y podría destinar otros 1.500 euros a un plan individual de pensiones. El total de las aportaciones a planes de pensiones sería de 3.250 euros.

Límite de reducción adicional al general de 1.500 euros

Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 creó un nuevo límite de reducción de 4.250 euros, adicional al límite general de 1.500 euros, aplicable a:

  • Las aportaciones a los planes de pensiones sectoriales, realizadas por de trabajadores por cuenta propia o de autónomos que se adhieran a dichos planes por razón de su actividad

  • Las aportaciones a los planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores por cuenta propia o de autónomos de nueva creación. 

  • Las aportaciones propias que el empresario individual o el profesional realice a planes de pensiones de empleo, de los que sea promotor y, además, partícipe.

  • Las aportaciones propias que el empresario individual o el profesional realice a Mutualidades de Previsión Social de las que sea mutualista,

  • Las aportaciones propias que el empresario individual o el profesional realice a planes de previsión social empresarial o seguros colectivos de dependencia de los que, a su vez, sea tomador y asegurado.

¿Las aportaciones a través de retribución flexible en qué límite entraría?

Las aportaciones realizadas en el marco de retribución flexible por decisión del trabajador se califican como aportaciones individuales (o efectuadas por el propio partícipe) a sistemas de previsión social.

¿Siguen siendo atractivos los planes de pensiones? ¿Hay alternativas?

La respuesta a ambas preguntas es sí. Y el motivo es que se ha reducido el incentivo fiscal actual, pero se mantiene para una parte de las aportaciones. Además, lo más importante, sigue existiendo la necesidad de ahorrar para que cuando nos jubilemos podamos complementar las pensiones públicas de jubilación que nos correspondan. Esta necesidad sigue más vigente más que nunca porque el problema de las pensiones sigue existiendo.

Ahora bien, los ahorradores que venían aportando por encima de los 1.500 euros a planes individuales, se deberán buscar otras opciones de ahorro a largo plazo que también ofrezcan una fiscalidad más ventajosa. Entre las alternativas estarían:

  1. Los Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAs). En este artículo te invitamos a descubrir las ventajas fiscales de los PIAs

  2. Los fondos de inversión.

Ambos productos, juntos a los planes de pensiones, nos serán de ayuda para mantener el nivel de ahorro necesario de cara a conseguir un nivel de vida digno durante la jubilación.

 

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