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Novedades fiscales 2022: conoce todos los cambios que te pueden afectar


18.01.2022

Escrito por: Asesoría Jurídica


¿Cuáles son las novedades fiscales de este año? Los Presupuestos Generales del Estado (PGCE) de 2022 contienen novedades relativas a diversos impuestos, en especial afecta al Impuesto sobre Sociedades (IS) y al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que  se recogen en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (Ley PGE) publicada en el BOE el pasado 29 de diciembre. Desde KPMG resumen las principales modificaciones fiscales en vigor a partir del 1 de enero de este año. Descubre en este artículo cuáles son los principales cambios a nivel fiscal y cómo te afectan.

Novedades en el Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)

Novedades Impuesto sobre Sociedades (IS) en 2022 

Novedades en el Impuesto sobre el Valor Añadido en 2022

Otras novedades fiscales 2022

Novedades en el Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)

Revisión de las reducciones por aportaciones a planes de pensiones

Una de las novedades de la Ley de PGE 2022 se refiere a la reducción del límite general aplicable en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, y la posibilidad de que el nuevo límite pueda incrementarse mediante aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social.

  • El límite cuantitativo máximo de reducción fiscal conjunta por aportaciones a sistemas de previsión social pasa a ser 1.500 euros anuales. Por tanto, se reduce en 500 euros el límite anterior de 2.000 euros.El mismo límite de 1.500 euros anuales también opera para el conjunto de reducciones practicadas por todas las personas que satisfagan primas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia a favor de un mismo contribuyente, incluidas las del mismo contribuyente.
  • No obstante, el incremento sobre el limite anterior, se incrementa en 8.500 euros, cuando dicho aumento provenga de contribuciones empresariales al instrumento de previsión social, o, como novedad, de aportaciones del trabajador al mismo instrumento por importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial (en lugar de los 8.000 euros establecidos en la LPGE 2021).

En relación con lo anterior, las aportaciones que realiza la empresa que deriven de una decisión del trabajador, tendrán la consideración de aportaciones del trabajador.

Adicionalmente, la LPGE 2022 establece que los 8.500 euros de incremento pueden proceder de contribuciones empresariales o, como novedad, de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social al que se realice la contribución empresarial, y siempre que sea por un importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial.

Prórroga de los límites vigentes para aplicar el régimen de módulos

Se prorrogan para el período impositivo 2022 los límites cuantitativos aplicables desde el ejercicio 2016 que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva (con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que mantienen su propio limite cuantitativo por volumen de ingresos en 250.000 euros.

Recuerda que desde enero de 2021, se incorporó a la escala general del impuesto un último tramo para bases liquidables generales a partir de 300.000 euros con un tipo de gravamen estatal del 24,50%. También se añadió un tramo en la escala del ahorro para bases liquidables superiores a 200.000 euros, con un tipo estatal del 13 %. Esta base del ahorro es donde se integran dividendos intereses, seguros de ahorro y rentas derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, etc).

Novedades Impuesto sobre Sociedades (IS) en 2022

Se introduce una tributación mínima  del 15% sobre la base imponible  afectaría a los siguientes contribuyentes:

– Aquellos cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) sea al menos de 20 millones de euros durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el período impositivo, y

– Aquellos que tributen en el régimen de consolidación fiscal del IS, en este caso con independencia de su cifra de negocios.

Es importante señalar que quedan fuera del ámbito de aplicación determinados contribuyentes bajo el denominador común de que tributan a un tipo de gravamen reducido o nulo como, entre otros, las sociedades de inversión de capital variable y los fondos de inversión de carácter financiero regulados, las sociedades de inversión inmobiliaria y los fondos de inversión inmobiliaria, las Socimis o los fondos de pensiones.

También contempla la Ley de PGE 2022 un porcentaje mínimo de tributación diferente al 15% para determinados contribuyentes. Por ejemplo:

– Para las entidades de nueva creación que tributen al tipo del 15%, el tipo mínimo se fija en el 10%.

– A las entidades de crédito, así como las entidades que se dediquen a la exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos, se les aplicará un tipo mínimo del 18% en lugar del 15%.

– En el caso de las cooperativas, la cuota líquida mínima no podrá ser inferior al resultado de aplicar el 60% a la cuota íntegra calculada de acuerdo con la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativa.

Y se aplica una  regla especial para las entidades de la Zona Especial Canaria según la cual, el 15% se aplicará sobre la base imponible positiva sin incluir la parte de la misma correspondiente a las operaciones realizadas material y efectivamente en el ámbito geográfico de dicha Zona que tributa al tipo de gravamen especial del 4%.

La ley de PGE de 2022 redefine el concepto de cuota líquida como la cantidad que resulta de aplicar sobre la cuota íntegra las bonificaciones y deducciones que procedan y que, en ningún caso, podrá ser negativa.

Reducción de la bonificación aplicable a las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas en 2022

La Ley de PGE 2022 introduce una reducción de la bonificación de la que disfrutan las entidades acogidas al régimen especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda (EDAV), que pasan del 85% actual al 40% a partir del 1 de enero de 2022. Según KPMG, esto implicará que el tipo efectivo del IS de las EDAV por la actividad de arrendamiento de viviendas se incremente del 3,75% actual (tipo del 25% aplicado  sobre el 15% de renta no bonificada) al 15% (25% aplicado sobre el 60% de renta no bonificada).

Novedades impuesto sobre la Renta de No residentes (IRNR) en 2022

Con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2022 y con vigencia indefinida, se añade una nueva disposición adicional décima en el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (TRLIRNR), que dispone que para determinar la cuota tributaria del impuesto, resultará de aplicación la tributación mínima establecida en el art.30 bis de la LIS.

También se modifica el art.19 en sus apartados 4, 5 y 6 para incorporar a la normativa del IRNR el concepto de cuota líquida.

Novedades sobre Actividades Económicas en 2022

Se añade un nuevo grupo dentro de la agrupación 86 de la sección segunda de las Tarifas del IAE con el fin de clasificar de forma específica la actividad ejercida por periodistas y otros profesionales de la información y la comunicación que, hasta la fecha carece de tal clasificación. Se trata del epígrafe 863, el cual incluye una cuota de 115 euros.

Novedades en el Impuesto sobre el Valor Añadido en 2022

Prórroga de los límites vigentes para aplicar el régimen simplificado y el especial de agricultura, ganadería y pesca

En consonancia con la medida introducida en el IRPF, también en el IVA se prorrogan para el período impositivo 2022 los límites para la aplicación del régimen simplificado (150.000 euros) y el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca (250.000 euros).

No se ha aprobado en esta norma la enmienda -presentada durante la tramitación en las Cortes Generales del Proyecto de LPGE- para introducir una rebaja del tipo de IVA en los servicios de peluquería, barbería y estética del actual 21% al 10%.

Otras novedades fiscales 2022

Novedades sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD)  en 2022

Se actualiza en un 1% la escala de gravamen de los títulos y grandezas nobiliarios aplicable en el ITP y AJD.

Tasas: se destacan algunos casos

- Suben de forma general los tipos fijos de las tasas de la Hacienda estatal hasta la cuantía que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01 al importe exigible durante el año 2021, excepto las tasas que hubieran sido creadas u objeto de actualización especifica por normas dictadas desde el 1 de enero de 2021. Dicha excepción también se extiende a la cuantía de la tasa de regularización catastral.

-Se introducen cambios en los tipos y cuotas fijas de tasas que gravan los juegos de suerte, envite o azar a partir de la entrada en vigor de la LPGE.

- Se mantiene con carácter general la cuantificación de los parámetros necesarios para determinar el importe de la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico.

- También se mantienen las cuantías básicas de las tasas portuarias.

Interés legal del dinero e interés de demora

Fijación del interés legal del dinero en 2022

Se fija en el 3,00%, y el de demora tributario en el 3,75% hasta el 31 de diciembre de 2022 en ambos casos.

Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples en 2022

Determinación del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM) para 2022:

  • Diario: 19,30 euros;
  • Mensual 579,02 euros;
  • Anual: 6.948,24 euros.

También se establece que en los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional (SMI) haya sido sustituida por la referencia al IPREM, la cuantía anual de este será de 8.106,28 euros cuando las normas se refieran al SMI en cómputo anual; salvo que excluyeran expresamente las pagas extraordinarias en cuyo caso, la cuantía será de 6.984,24 euros.

Actividades prioritarias de mecenazgo y beneficios fiscales de interés público en 2022

Se determinan la relación de actividades y programas que se considerarán prioritarios de mecenazgo para 2022 y se recoge, de forma similar a los previstos para ejercicios anteriores, la elevación en 5 puntos porcentuales de las deducciones de la cuota del IRPF,del IS y del IRNR , en relación con las actividades que se relacionan como actividades prioritarias de mecenazgo.

Se prevé también el límite de 50.000 euros anuales para cada aportante.

También se regulan los beneficios fiscales aplicables a diversos acontecimientos que se califican como de excepcional interés público y la duración de los correspondientes programas de apoyo.


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