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Ventajas fiscales alquiler para inquilinos y propietarios en Castilla La Mancha


17.03.2021

Escrito por: Redacción


¿Tiene ventajas fiscales alquilar una vivienda? ¿Cómo me puedo desgravar el alquiler de un piso? Son algunas de las dudas más comunes que todo casero e inquilino tienen. En este artículo te ayudamos a conocer, todas las novedades fiscales relativas a este tema de la mano del informe  Panorama de la fiscalidad autonómica y foral, elaborado por el Registro de Asesores Fiscales REAF-REGAF, que te recomendamos consultar para entrar en toda la letra pequeña.

Ventajas fiscales por alquiler en Castilla La Mancha

Las ventajas fiscales que ofrece Castilla La Mancha para el alquiler de vivienda son:

Deducción del 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de vivienda por jóvenes (menores de 36) que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha, con un máximo de 450 euros. Requisitos:

  • Que la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente menos el mínimo por descendientes no supere la cuantía de 12.500 euros en tributación individual y 25.000 euros en tributación conjunta.
  • Que en la autoliquidación del IRPF se consigne el número de identificación fiscal del arrendador de la vivienda.
  • Que se haya presentado la autoliquidación por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas.

Deducción del 20% por arrendamiento para jóvenes, con un máximo de 612 euros, en los siguientes supuestos:

  • Cuando el contribuyente tenga su domicilio habitual en un municipio de Castilla-La Mancha de hasta 2.500 habitantes.
  • Cuando el contribuyente tenga su domicilio habitual en un municipio de Castilla-La Mancha con población superior a 2.500 habitantes y hasta 10.000 habitantes, que se encuentre a una distancia mayor de 30 kilómetros de un municipio con población superior a 50.000 habitantes.
  • Que en la autoliquidación del Impuesto se consigne el número de identificación fiscal del arrendador de la vivienda.

La fiscalidad autonómica contempla un tipo de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (dentro del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados) del 6% a la promesa u opción de compra incluida en el contrato de arrendamiento de vivienda habitual. Requisitos:

  • El inquilino deberá tenar menos de 36 años.
  • Que el contrato sea inscribible en el Registro de la Propiedad.
  • Que la vivienda merezca alguna calificación de vivienda de protección pública.
  • Que la ocupación del inmueble tenga lugar en un plazo no superior a un mes a contar desde la fecha de celebración del contrato.

Consulta las ventajas fiscales de otras Comunidades Autónomas

Ventajas fiscales alquiler para inquilinos y propietarios por CCAA

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