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Ventajas fiscales alquiler para inquilinos y propietarios en Extremadura

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25.03.2025

Escrito por: Redacción


¿Tiene ventajas fiscales alquilar una vivienda? ¿Cómo me puedo desgravar el alquiler de un piso? Son algunas de las dudas más comunes que todo casero e inquilino tienen. En este artículo te contamos cuáles son las ventajas fiscales de Extremadura para la Renta 2024, a presentar en 2025.

Ventajas fiscales por alquiler en Extremadura

El 30% de las cantidades satisfechas por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes con 36 años o menos y  con el límite de 1.000 euros anuales por contrato y año. El 30% de las cantidades satisfechas en caso de alquiler de vivienda habitual en el medio rural (menos de 3.000 habitantes), con el límite de 1.500 euros anuales. Casilla 1019

Para arrendadores de viviendas vacías: el 30 % del rendimiento neto reducido obtenido por el arrendamiento de viviendas que hayan estado en desuso. El límite máximo de la deducción: 1.200 euros por contribuyente. Pero con motivo de la aprobación y posterior derogación del Decreto ley 2/2024, esta deducción solo será aplicable a contribuyentes fallecidos entre el 26 de octubre y el 21 de noviembre de 2024.

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