Los caseros también deben hacer constar los alquileres de la vivienda en su renta 2024. Descubre gastos puede deducirse el propietario de la vivienda y cómo añadirlo en la Declaración de la Renta.
Además, puedes consultar las novedades fiscales para los arrendadores en este artículo: ¿Cuáles son las novedades fiscales si eres propietario y alquilas el inmueble?
Gastos deducibles por el arrendador de una vivienda
Para la determinación del rendimiento neto de capital inmobiliario, pueden deducirse de los rendimientos íntegros todos los gastos necesarios para su obtención, así como las cantidades destinadas a amortización del inmueble.
Estos son los gastos que puede deducir el propietario de la vivienda sobre los ingresos del alquiler:
- Intereses y demás gastos de financiación de los capitales invertidos en la adquisición o mejora del inmueble arrendado.
- Intereses y demás gastos de financiación de los enseres cedidos con la vivienda arrendada siempre que pertenezcan al arrendador.
- IBI, tasas por limpieza, recogida de basuras y alumbrado entre otros.
- Los gastos ocasionados por la formalización del arrendamiento y defensa jurídica.
- Los gastos de conservación y reparación de la vivienda arrendada.
- Los gastos derivados de servicios y suministros.
- La amortización del inmueble y, en su caso, la de los bienes cedidos con el mismo.
- Los seguros que tengan por objeto los bienes arrendados.
- Los gastos de administración, vigilancia, portería… y otros servicios personales devengados por terceros.
- Los saldos de dudoso cobro que estén debidamente justificados.
Además, algunas comunidades cuentan con deducciones autonómicas para los propietarios de viviendas de alquiler. Puedes ver los detalles en este artículo: ¿En qué casilla de la renta se pone el alquiler?
No tienen la consideración de gastos deducibles a efectos del artículo 23.1 de la Ley del IRPF, los generados durante el tiempo en que el inmueble no está alquilado, incluso aunque esté en disposición de poder arrendarse
Cómo añadir un alquiler en la Renta 2024
En el siguiente vídeo de la Agencia Tributaria puede verse cómo añadir los alquileres: