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¿Cómo solicitar el bono social eléctrico? Descuentos y requisitos


31.10.2022

Escrito por: Redacción


El bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica para los consumidores vulnerables que, de manera excepcional por la crisis energética actual, se ha aumentado con las últimas medidas energéticas. En este artículo te explicamos cómo funciona y cuáles son los requisitos para solicitarlo.

¿De cuánto es el descuento del bono social eléctrico?

A continuación, compartimos los descuentos del bono social eléctrico, en función del grado de vulnerabilidad, así como la excepción que se hará hasta el 31 de diciembre de 2023. Puedes ver las condiciones de cada uno en el apartado requisitos de este artículo.

  • Consumidores vulnerables: El descuento del bono social eléctrico es de un 25%.
  • Consumidores vulnerables severos: Descuento de un 40%. 
  • Consumidor en riesgo de exclusión social, atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que realiza el pago al menos del 50% de la factura, no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica y, en caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se le podrá interrumpir el suministro eléctrico.

Como decíamos, de manera excepcional y hasta finales de 2023, estos descuentos se ampliarán hasta el 65% en el caso de los consumidores vulnerables y hasta el 80% en el caso de los vulnerables severos.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el bono social eléctrico?

  1. Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC). En este artículo te contamos la diferencia entre precio libre y regulado (PVPC).
  2. Cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos.

Requisitos personales del bono social eléctrico:

¿Qué se considera consumidor vulnerable para el bono social eléctrico? Se considera consumidor vulnerable aquellas personas que cumplan alguno de los siguientes requisitos: 

  • Renta o la renta conjunta anual de la unidad de convivencia a que pertenezca sea ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas. Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad y 0,5 por cada menor de edad.
  • Familia numerosa.
  • Si la persona que lo solicita sea pensionista del Sistema de la Seguridad Social, sin percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
  • Si la persona que lo solicita sea pensionista del Sistema de la Seguridad Social, sin percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.

Serán considerados consumidores vulnerables severos aquellos que cumplan algunos de estos requisitos:

  • Renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable.
  • Título familia numerosa y una renta anual de la unidad de convivencia igual o menor de 16.212,56€ (≤ 2 x IPREM de 14 pagas).
  • Pensionistas con pensión mínima y sin otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
  • Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.

Los límites establecidos se incrementa en 1 punto IPREM (8.106,28€ más) si el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, acredita la situación de violencia de género, tenga la condición de víctima de terrorismo, se encuentra en situación de dependencia reconocida de grado II o III, o acredita que la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).

Para ser consumidor en riesgo de exclusión social se debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

Bono social de justicia energética

Hasta el 31 de diciembre de 2023, se amplía de forma temporal el bono social de electricidad a los hogares cuya renta se sitúe entre 1,5 y 2 veces el IPREM de 14 pagas (entre 12.159,42 € y 16.212,56 €). A este colectivo se le aplicará un descuento del 40%, y no podrán ser beneficiarios del bono social térmico.

¿Cómo solicitar el Bono Social?

Puedes solicitarlo por teléfono, correo electrónico, correo ordinario o, directamente a alguna de las comercializadoras de referencia, quienes tiene la obligación de ofrecer y financiar el bono social.

Comercializadora de Referencia

Página web bono social

Endesa Energía XXI, S.L.U.

Endesa

Curenergía Comercializador de Último Recurso, S.A.U.

Curenergía

Comercializadora regulada, GAS & POWER, S.A.

GAS & POWER

Baser Comercializadora de Referencia, S.A.

Baser

Régsiti Comercializadora de Referencia S.L.U.

RÉGSITI

Comercializador de Referencia Energético, S.L.U.

COR Energético

Teramelcor, S.L.

Teramelcor

Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia, S.A.U.

Energía Ceuta XXI

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