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Consejo de administración
Por tratarse de una entidad de crédito, en Bankinter rigen las limitaciones que, en cuanto al número de consejos de los que puedan formar parte sus consejeros establece la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de entidades de crédito. Bankinter tiene incorporada esta limitación en su Reglamento del Consejo. Además, el Consejo de Administración de Bankinter, a propuesta de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos, aprobó una Política sobre incompatibilidades y limitaciones de los Altos Cargos y otros directivos de Bankinter. Los miembros del Consejo de Administración no podrán ocupar al mismo tiempo más cargos que los previstos en una de las siguientes combinaciones: i) Un cargo ejecutivo junto con dos cargos no ejecutivos, o ii) cuatro cargos no ejecutivos. Se entenderá como cargos ejecutivos aquellos que desempeñen funciones de dirección cualquiera que sea el vínculo jurídico que les atribuya estas funciones. A estos efectos se computa como un único cargo los cargos ejecutivos o no ejecutivos ocupados dentro de un mismo grupo, así como los ocupados en sociedades mercantiles en la que Bankinter posea una participación significativa, entre otros. Adicionalmente, no computará en el número máximo los cargos ostentados en organizaciones o entidades sin ánimo de lucro o que no persigan fines comerciales.
El Consejo de Administración tiene la máxima responsabilidad en la dirección y gestión de la entidad y ostenta potestades de control sobre el equipo ejecutivo. El Consejo de Administración de Bankinter, S.A. está compuesto por los siguientes miembros, todos ellos nombrados previo informe favorable de la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos:
Participación en el capital social en nº de derechos de voto
(1) El porcentaje de acciones coincide con el porcentaje de derechos de voto.
Participación en el capital social en nº de derechos de voto
(1) El porcentaje de acciones coincide con el porcentaje de derechos de voto.
Participación en el capital social en nº de derechos de voto
(1) El porcentaje de acciones coincide con el porcentaje de derechos de voto.
Participación en el capital social en nº de derechos de voto
(1) El porcentaje de acciones coincide con el porcentaje de derechos de voto.
Participación en el capital social en nº de derechos de voto
(1) El porcentaje de acciones coincide con el porcentaje de derechos de voto.
Participación en el capital social en nº de derechos de voto
(1) El porcentaje de acciones coincide con el porcentaje de derechos de voto.
Participación en el capital social en nº de derechos de voto
(1) El porcentaje de acciones coincide con el porcentaje de derechos de voto.
Participación en el capital social en nº de derechos de voto
(1) El porcentaje de acciones coincide con el porcentaje de derechos de voto.
(2) Representan en el Consejo de Administración de Bankinter al accionista significativo CARTIVAL, con una participación del 23,193% en el capital social de Bankinter, que no ostenta directamente la condición de consejero. D. Alfonso Botín-Sanz de Sautuola y Naveda es Vicepresidente ejecutivo y Presidente de la Comisión Ejecutiva de Bankinter.
(3) Con fecha 4 de marzo de 2011, el consejero dominical de Bankinter, D. Fernando Masaveu Herrero, comunicó que controlaba los derechos de voto de las acciones de Bankinter que tienen las diferentes sociedades del Grupo Masaveu, entre ellas Corporación Masaveu, S.A.. Este hecho fue manifestado por el consejero a los solos efectos del buen gobierno, sin que ello suponga cambio de titularidad o atribución patrimonial de los derechos de sus titulares y para cumplir la normativa vigente sobre transparencia de información en las sociedades cotizadas.
Para garantizar la mayor eficacia en el cumplimiento de las funciones que tiene atribuidas, el Consejo de Administración ha constituido varias Comisiones que asumen el control de determinados asuntos, facilitan la preparación y las propuestas de decisión sobre los mismos y refuerzan las garantías de objetividad y control en la actividad del Consejo.
La Comisión de Auditoría y Comisión de Riesgos y Cumplimiento, la Comisión de Retribuciones y la Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos están integradas de forma mayoritaria por Consejeros externos independientes y son presididas por un Consejero independiente.
Ver Comisión Ejecutiva Comisión Ejecutiva
Presidente
D.Alfonso Botín Sanz de Sautuola y Naveda) (Vicepresidente ejecutivo).
Vocales
- Pedro Guerrero Guerrero (Presidente del Consejo)
- María Dolores Dancausa Treviño (Consejera Delegada)
- Fernando Masaveu Herrero (Consejero externo dominical)
- Fernando José Francés Pons (Consejero externo independiente)
Secretario
Gloria Calvo Díaz (Secretaria -no consejera del Consejo de Administración)
La Comisión Ejecutiva está compuesta, por el Presidente del Consejo de Administración, por el Vicepresidente ejecutivo, por la Consejera Delegada y por los demás Consejeros que el Consejo designe. El nombramiento de los miembros de la Comisión Ejecutiva se realiza por el Consejo a propuesta del Presidente por el plazo que el Consejo acuerde.
La delegación permanente de facultades por parte del Consejo de Administración en favor de la Comisión Ejecutiva podrá comprender todas las facultades del Consejo, salvo las indelegables de acuerdo con la Ley, los Estatutos sociales y este Reglamento. El Consejo determinará las facultades concretas de la Comisión Ejecutiva.
Ver Comisión de Retribuciones Comisión de Retribuciones
Presidente
Álvaro Álvarez-Alonso Plaza (Consejero Externo independiente)
Vocales
- Fernando Masaveu Herrero (Consejero externo)
- Teresa Martín-Retortillo Rubio (Consejera Externa independiente)
- Fernando Francés Pons (Consejero externo independiente)
Secretario
Gloria Calvo Díaz (Secretaria-no consejera del Consejo de Administración)
La Comisión de Retribuciones estará compuesta por un número mínimo de tres y máximo de siete Consejeros, nombrados por el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Retribuciones. El nombramiento de los miembros de la Comisión se realizará por un plazo de dos años prorrogable de forma automática.
El Presidente y el Consejero Delegado del Banco pueden ser convocados por el Presidente de la Comisión para que asistan a la misma, sin perjuicio de la potestad de la Comisión para reunirse sin su presencia.
Entre las funciones de esta Comisión, se encuentran las siguientes:
- Informar sobre el régimen de retribuciones de los consejeros, así como revisar de manera periódica la estructura e importe de dichas remuneraciones y velar por la transparencia de las mismas.
- Proponer el régimen de retribuciones del Presidente y del Consejero Delegado en su calidad de ejecutivos del Banco, así como de los directivos de la sociedad.
- Informar sobre los planes de incentivos para directivos o empleados vinculados a la evolución de la cotización de las acciones del Banco, a los resultados o a otros índices variables.
- Las demás funciones previstas en el Reglamento del Consejo.
Ver Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos
Presidente
Cristina García-Peri Álvarez (Consejera externa independiente)
Vocales
- Marcelino Botín-Sanz de Sautuola y Naveda (Consejero externo dominical)
- Teresa Martín-Retortillo Rubio (Consejera externa independiente)
- Álvaro Álvarez-Alonso Plaza (Consejero Externo independiente)
Secretario
Gloria Calvo Díaz (Secretaria-no consejera del Consejo de Administración)
La Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos estará compuesta por un número mínimo de tres y máximo de siete Consejeros, nombrados por el Consejo de Administración, a propuesta de la propia Comisión. El nombramiento de los miembros de la Comisión se realizará por un plazo de dos años prorrogable de forma automática.
El Presidente y los Consejeros ejecutivos del Banco pueden ser convocados por el Presidente de la Comisión para que asistan a la misma, sin perjuicio de la potestad de la Comisión para reunirse sin su presencia.
Entre las funciones de esta Comisión, se encuentran las siguientes:
- Proponer el nombramiento, reelección y cese de los consejeros independientes y de los vocales de las Comisiones del Consejo de Administración.
- Informar sobre el nombramiento del Presidente, Vicepresidente, Consejero Delegado, Secretario del Consejo y altos directivos.
- Conocer y debatir la evaluación anual de la actividad profesional de los Consejeros ejecutivos y de los directivos del Banco.
- Las demás funciones previstas en el Reglamento del Consejo.
Este órgano colegiado, además de ejercer las facultades típicas de una Comisión de Sostenibilidad y Nombramientos, según la normativa vigente y las recomendaciones de gobierno corporativo más extendidas, se ocupa de funciones tales como la evaluación del funcionamiento del propio Consejo y de sus comisiones o la definición de planes de sucesión futura para el Presidente y para Consejeros ejecutivos.
Ver Comisión de Auditoría Comisión de Auditoría
Presidente
María Luisa Jordá Castro (Consejera externa independiente)
Vocales
- Pedro Guerrero Guerrero (Consejero externo)
- Álvaro Álvarez Alonso Plaza (Consejero externo independiente)
- Fernando José Francés Pons (Consejero externo independiente)
Secretario
Gloria Calvo Díaz (Secretaria-no consejera del Consejo de Administración)
De acuerdo con los Estatutos sociales y el Reglamento del Consejo, la Comisión de Auditoria está compuesta por un número mínimo de tres y máximo de siete Consejeros, nombrados por el Consejo de Administración por un plazo de dos años prorrogable de forma automática. No obstante, el Presidente de la Comisión debe ser sustituido cada cuatro años o antes, pudiendo ser reelegido una vez transcurrido un plazo de un año desde su cese.
Actúa como ponente ordinario de la Comisión el responsable de la División de Auditoria interna y, cuando procede, el responsable de la Unidad de Cumplimiento Normativo en las materias de su competencia. Los representantes del auditor de cuentas externo participan en las Comisiones de verificación trimestral de resultados, antes de la publicación de los mismos, y en una sesión monográfica anual sobre el informe de auditoria del último ejercicio, cuyas conclusiones son presentadas también por el auditor de cuentas en el Consejo de Administración. El Presidente y el Consejero Delegado del Banco pueden ser convocados por el Presidente de la Comisión para que asistan a la misma, sin perjuicio de la potestad de la Comisión para reunirse sin su presencia.
La División de Auditoría interna del Banco depende jerárquicamente de la Comisión de Auditoría, que aprueba el nombramiento o cese del responsable de dicha División, el presupuesto anual de la misma y la planificación de sus actividades.
Son de la competencia de la Comisión de Auditoría las siguientes funciones, entre otras:
- Presentar a la Junta General el Informe anual de la Comisión e informar en la misma, a través del Presidente de la Comisión, sobre las cuestiones que planteen los accionistas en materia de su competencia.
- Proponer al Consejo de Administración, para su sometimiento a la Junta General, el nombramiento, reelección o sustitución de los auditores de cuentas externos y velar por la rotación de las firmas o de los equipos de auditores y la prevención de conflictos de interés.
- Supervisar los servicios de auditoría interna de la sociedad y garantizar la independencia, autonomía y universalidad de la función de auditoría interna.
- Conocer y supervisar el proceso de información financiera y los sistemas de control interno de la sociedad, con especial referencia al régimen de la información privilegiada y relevante.
- Relacionarse con los auditores externos para recibir información sobre todas las cuestiones relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas. Los auditores externos comparecen, al menos, una vez al año en el Consejo y con carácter trimestral en la Comisión.
- Verificar los estados financieros trimestrales del Banco y del Grupo, así como las cuentas anuales, la memoria y el informe de gestión, con carácter previo a su aprobación o propuesta por el Consejo de Administración y a su publicación, previo informe de los auditores de cuentas y de la División de Auditoría.
- Resolver los conflictos de intereses y demás cuestiones relativas a las normas de conducta aplicables a los Consejeros.
- Las demás funciones previstas en los Estatutos sociales y en el Reglamento del Consejo.
La Comisión no circunscribe, por tanto, sus facultades a las de supervisión y control financiero y contable sino que se extiende al ámbito del cumplimiento normativo y del buen gobierno corporativo. Por otra parte, la Comisión no ejerce funciones exclusivamente consultivas sino también de carácter decisorio en los casos que procede conforme al Reglamento del Consejo.
A efectos del funcionamiento de la Comisión de Auditoría, son de aplicación directa las reglas que establezca el Reglamento del Consejo de Administración y de forma supletoria las que rigen para el Consejo de Administración.
En todo caso, la aplicación de las referidas reglas deberá favorecer la independencia en el funcionamiento de la Comisión.
La Comisión de Auditoría tiene acceso a toda la información y documentación necesaria para el ejercicio de sus funciones y puede recabar la asistencia de asesores, consultores, expertos y otros profesionales independientes.
Ver Comisión de Riesgos y Cumplimiento Comisión de Riesgos y Cumplimiento
Presidente
Teresa Martín-Retortillo Rubio (Consejera externa independiente)
Vocales
- Maria Luisa Jordá Castro (Consejero externo independiente)
- Álvaro Álvarez-Alonso Plaza (Consejera externa independiente)
- Cristina García-Peri Álvarez (Consejera externa independiente)
Secretario
Gloria Calvo Díaz (Secretaria-no consejera del Consejo de Administración)
De acuerdo con el Reglamento del Consejo, la Comisión de Riesgos y Cumplimiento está compuesta por un número mínimo de tres y máximo de siete Consejeros, nombrados por el Consejo de Administración por un plazo de dos años prorrogable de forma automática.
La Comisión de Riesgos y Cumplimiento ejercerá funciones de supervisión en materia de riesgos y cumplimiento normativo.
A efectos del funcionamiento de la Comisión de Riesgos y Cumplmiento son de aplicación directa las reglas que establezca el Reglamento del Consejo de Administración y de forma supletoria las que rigen para el Consejo de Administración. En todo caso, la aplicación de las referidas reglas deberá favorecer la independencia en el funcionamiento de la Comisión.
Actúa como ponente ordinario de la Comisión el Director de Riesgos de la Entidad.