Tasa Google

Todo lo que debes saber sobre la tasa Google


26.01.2021

Escrito por: Redacción


El pasado 16 de enero entró en vigor el nuevo Impuesto sobre determinados  Servicios Digitales también conocido como ‘tasa Google’. ¿En qué consiste la tasa Google y por qué se queria aplicar?

¿Qué es la tasa Google?

La tasa Google o el impuesto sobre determinados servicios digitales es un impuesto para gravar a aquellas grandes tecnológicas con un 3% sobre los ingresos derivados de servicios de publicidad en línea, intermediación en línea y transmisión de datos.

¿Por qué se ha querido aplicar la tasa Google?

El Gobierno argumenta que las actuales normas fiscales internacionales se basan sobre todo en la presencia física (los impuestos siguen estando relacionados con el lugar donde se generan los beneficios) y no fueron concebidas para hacer frente a modelos de negocio digitales, basados en basados principalmente en activos intangibles, datos y conocimientos. Hablamos de actividades a distancia, incluso transfronterizas, con escasa o nula presencia física, en la importancia de los activos intangibles, y en el valor de los datos y las contribuciones de los usuarios finales a la creación de valor. Es decir, que la economía ha cambiado mucho pero los sistemas fiscales no tanto.

¿Cuándo entra en vigor la tasa Google en España?

El impuesto entró en vigor el 16 de enero de 2021.

Cómo se aplica la tasa Google

La tasa Google supone un gravamen del 3% sobre los ingresos derivados de servicios de publicidad en línea, intermediación en línea y transmisión de datos. El devengo se producirá por cada prestación de servicios gravada, y el período de liquidación será trimestral.

¿A qué empresas afecta la tasa Google?

El impuesto sobre determinados servicios digitales es aplicable a las empresas cuyo importe neto de cifra de negocios en el año natural anterior supere 750 millones de euros y que tengan más de 3 millones de ingresos derivados de las actividades objeto de gravamen, una vez aplicadas las reglas previstas para la determinación de la base imponible.

El impuesto se limita a gravar únicamente las siguientes prestaciones de servicios:

  • La inclusión, en una interfaz digital, de publicidad dirigida a los usuarios («servicios de publicidad en línea»).
  • La puesta a disposición de interfaces digitales multifacéticas que permitan a sus usuarios localizar a otros usuarios e interactuar con ellos, o incluso facilitar entregas de bienes o prestaciones de servicios subyacentes directamente entre esos usuarios («servicios de intermediación en línea»).
  • La transmisión, incluidas la venta o cesión, de los datos recopilados acerca de los usuarios que hayan sido generados por actividades desarrolladas por estos últimos en las interfaces digitales («servicios de transmisión de datos»).

Es decir, el impuesto grava a buscadores como Google, plataformas digitales como Amazon o redes sociales como Facebook, pero puede afectar también a multinacionales cuyo negocio no esté basado exclusivamente en los datos de los usuarios. 

Liquidación de la tasa Google

Su periodo de liquidación es trimestral. Actualmente el plazo de presentación, previsto en el proyecto de orden ministerial que aprobará el modelo de autoliquidación del impuesto, es el mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación.

No obstante, la Agencia Tributaria explica que para este primer ejercicio de aplicación, 2021, la presentación e ingreso de la autoliquidación del primer trimestre del 2021, no se presentarán hasta el 1 de julio de 2021 (junto a  la autoliquidación correspondiente al segundo trimestre de 2021.

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