¿Tiene ventajas fiscales alquilar una vivienda? ¿Cómo me puedo desgravar el alquiler de un piso? Son algunas de las dudas más comunes que todo casero e inquilino tienen. En este artículo te ayudamos a conocer, todas las novedades fiscales relativas a este tema de la mano del informe Panorama de la fiscalidad autonómica y foral, elaborado por el Registro de Asesores Fiscales REAF-REGAF, que te recomendamos consultar para entrar en toda la letra pequeña.
Ventajas fiscales por alquiler en Cantabria
La fiscalidad y más en concreto las ventajas fiscales que ofrece Cantabria para el alquiler de vivienda son:
En el IRPF se contempla una deducción del 10% de las cantidades satisfechas por arrendamiento de la vivienda habitual con el límite de 300 euros.
Requisitos:
- Tener menos de 35 años, 65 o más años o, cualquiera que sea la edad, si el contribuyente tiene la consideración de discapacitado con un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
- La base imponible, antes de las reducciones por mínimo personal y familiar, sea inferior a 22.946 euros (antes era 22.000 €) en tributación individual o a 31.485 euros en conjunta (antes era 31.000€).
- Las cantidades satisfechas deben exceder del 10% de la renta del contribuyente.
- El límite será de 600 euros en los casos de tributación conjunta si, al menos, uno de los cónyuges cumple con los requisitos anteriores.
Bonificación del 99% sobre la cuota tributaria en los arrendamientos de viviendas que constituyan la vivienda habitual del arrendatario cuando éste tenga la consideración de familia numerosa, sea discapacitado o tenga menos de 30 años, y siempre que la renta anual satisfecha no sea superior a 8.000 euros. También tendrán derecho a esta bonificación los arrendatarios de hogares con rentas anuales inferiores al IPREM.
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