Una de las novedades del Real Decreto-ley 2/2024, que entró en vigor el 1 de noviembre de 2024, fue que las personas solicitantes y beneficiarias de prestaciones por desempleo debían presentar la declaración de la Renta para seguir cobrando la prestación. En este artículo te contamos qué ha pasado con este tema y si aplica o no para este año.
Obligación de presentar el IRPF para seguir cobrando el paro
Según el decreto, para seguir cobrando la prestación de desempleo se tenía que presentar la declaración de la Renta, con independencia de que no se alcance el umbral de renta que obliga a hacer la declaración. En un principio, esta medida se pensaba aplicar a partir de la declaración de la Renta 2024, que se hará en 2025, pero ahora el ministerio de Trabajo ha aclarado que este año no suspenderá la prestación para aquellos que no presenten la declaración de la renta, aunque sí podría aplicarse el próximo año si no se modifica el decreto aprobado.
¿Qué es lo que dice el decreto?
En concreto, lo que dice el Real Decreto es que la suspensión de la prestación por desempleo tendrá lugar cuando la entidad gestora detecte que las personas beneficiarias de prestaciones hubieran incumplido durante un ejercicio fiscal la obligación de presentar la declaración de la Renta en las condiciones y plazos previstos en la normativa tributaria aplicable.
En este punto, es importante aclarar que no se trata de un cambio de la Ley del IRPF y, por lo tanto, aquellos que no estén obligados a presentar la Declaración de la Renta no serán penalizados por Hacienda en caso de no presentarlas. Se trata de una modificación de la Ley de la Seguridad Social, en la que se obliga a presentar la Declaración de la Renta para poder seguir cobrando la prestación.
Esta obligación es similar a la establecida para los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV): los beneficiarios del IMV deben presentar declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos. El IMV en sí mismo es una renta exenta y la gran mayoría de los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración, pero sí presentar declaración.
¿Qué implicaciones económicas tendría la medida el próximo año?
De no modificarse este cambio antes de la campaña de la renta del próximo año, podría afectar a aquellas personas a las que antes les saliera la declaración de la renta a pagar, y no tuvieran la obligación de presentarla. El motivo es que estas personas tendrán que empezar a presentar la declaración, pagando lo que les corresponda, para seguir cobrando la prestación.
Recordamos que el hecho de no tener obligación de presentar la Declaración no implica que sea mejor no hacerla, ya que puede suceder que por la situación de cada persona y de las deducciones autonómicas y estatales a las que tengas derecho, tengan que pagar menos de lo retenido y, por tanto, les salga a devolver.
> ¿Quién está obligado a presentar la declaración de la renta?