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¿Cuál es la cuota de autónomos en 2025?

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16.01.2025

Escrito por: Redacción


Los trabajadores autónomos que están dados de alta en el Régimen Especial de Autónomos (RETA) tienen la obligación pagar mensualmente una cuota mensual a la Seguridad Social. En 2023 comenzó con un gran cambio para este colectivo, puesto que arranca el nuevo sistema de cotización a la Seguridad Social. En este artículo te contamos cómo afecta en el cálculo de las cuotas de autónomo, cuánto es la cuota máxima y mínima de autónomos en 2025, así cómo otras novedades.

Cómo calculo mis rendimientos netos

Desde enero de  2023, la cotización de los autónomos se calcula basándose en tus rendimientos netos obtenidos durante el año, es decir, cotizarás por sus ingresos reales. 

Los rendimientos netos se calculan deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad (ejemplo, ordenador, alquiler de una oficina o local, compra de suministros, etc.) y necesarios para la obtención de ingresos. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% de los rendimientos netos (3% para los autónomos societarios).

Si te das de alta en como trabajador autónomo, debes tener en cuenta que desde enero de 2023, se impuso la obligación de comunicar tus rendimientos en el momento de realizar tu alta.

Recuerda que en caso de que tus rendimientos varíen a lo largo del año podrás ajustar tu base de cotización. 

Composición de la cuota de autónomos en 2025

En 2025, la cuota que deberás pagar es el 31,4% de la base de cotización, que se desglosan de la siguiente forma:

  • Un 28,3% de contingencias comunes. Esta cotización te asegura cuando no puedas trabajar debido a un accidente o enfermedad no laboral.

  • Un 1,3% para las contingencias profesionales. Esta cotización te cubre en los casos de un accidente laboral o enfermedad profesional.

  • Un 0,9% para las ayudas por cese de actividad. Te cubre en caso de que se produzca el fin definitivo de tu actividad.

  • Un 0,1% por formación profesional. Cotización orientada al acceso a formación que facilite tu inserción en el mercado laboral.

  • Un 0,8% por mecanismo de equidad intergeneracional (MEI). Esta cotización pretende mantener el equilibrio entre generaciones y la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social. Cada año se incrementa en 0,1 puntos porcentuales la cotización por el MEI hasta llegar al 1,2% en 2029.

Cuota de los autónomos a la Seguridad Social en 2025

Con el nuevo sistema de cotización de autónomos, las cuotas mensuales mínimas a la Seguridad Social, en 2024, irán desde los 200 a los 590 euros al mes (en 2023 oscilaban entre los 225 y los 530 euros mensuales), siempre en función de los rendimientos netos. 

El importe mensual que tienes que pagar a la Seguridad Social varía en función de tus rendimientos comunicados, a través de los cuales se determina la base de cotización.

Existen 15 tramos de rendimientos netos que estarán entre los 670 euros/mes y más de 6.000 euros. A cada tramo le corresponde una base mínima y máxima de cotización.

En 2025, las bases mínimas y máximas de cotización de los tres primeros tramos de la tabla general se quedan igual que en 2024. A partir del cuarto tramo de la tabla general, todas las bases mínimas de cotización se incrementan en 2025 con respecto a 2024. Sin embargo, si nos fijamos en las bases máximas de cada tramo entre los tramos cuarto y décimo se quedan en 2025 en un importe igual al de 2024, ya que en todos estos tramos de rendimientos las bases máximas de cada tramo vienen determinadas y topadas por el máximo de rendimientos del tramo correspondiente, y no por la base máxima de cotización del Sistema de Seguridad Social, que en 2025 sube a 4.909,5 € frente a los  4.720,50 € de 2024. Y en los dos tramos finales, el 11º y el 12º, la base máxima se actualiza con la base máxima de cotización aprobada para todos los regímenes de la Seguridad Social (4.909,50 €).

Tabla reducida de los tramos de rendimientos netos 2025 


Base mínima (€/mes)

Base máxima (€/mes)

Tramo 1

<= 670

653,59

718,94

Tramo 2

> 670 y <= 900

718,95

900

Tramo 3

> 900 y <1.166,70

872,55

1.166,70


Tabla general de los tramos de rendimientos netos 2025 


Base mínima (€/mes)

Base máxima (€/mes)

Tramo 1

>= 1.166,70 y <=1.300

950,98

1.300

Tramo 2

> 1.300 y <= 1.500

960,78

1.500

Tramo 3

> 1.500 y <= 1.700

960,78

1.700

Tramo 4

> 1.700 y <= 1.850

1.143,79

1.850

Tramo 5

> 1.850 y <= 2.030

1.209,15

2.030

Tramo 6

> 2.030 y <= 2.330

1.274,51

2.330

Tramo 7

> 2.330 y <= 2.760

1.356,21

2.760

Tramo 8

> 2.760 y <= 3.190

1.437,91

3.190

Tramo 9

> 3.190 y <= 3.620

1.519,61

3.620

Tramo 10

> 3.620 y <= 4.050

1.601,31

4.050

Tramo 11

> 4.050 y <= 6.000

1.732,03

4.909,5 €

Tramo 12

> 6.000

1.928,10

4.909,5 €

Tramo 13

> 3.620 y <= 4.050

1.274,51

4.050

Tramo 14

> 4.050 y <= 6.000

1.372,55

4.720,50

Tramo 15

> 6.000

1.633,99

4.720,50

Fuente: Seguridad Social 

Si eres familiar colaborador o autónomo societario de una sociedad de capital o laboral y has estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajo Autónomo al menos 90 días en el año natural, la base de cotización mínima no podrá ser inferior a 1.000€, con independencia de la previsión de tus rendimientos.

Calculadoras de cuotas de autónomos 

La Tesorería General de la Seguridad Social ha lanzado un simulador de cuotas para autónomos en el área pública de Import@ss. Sin necesidad de identificarte podrás simular la cuota que te corresponderá abonar a partir de enero de 2023 con el nuevo sistema de cotización por rendimientos netos. 

Tarifa plana de la cuota de autónomos

Durante el período 2023-2025, se incluyen nueva tarifa plana de 80 €/mes para los nuevos autónomos, pero su duración dependerá de la evolución de sus ingresos, lo que permitirá focalizar este incentivo en los que lo necesiten, aduce el Gobierno.

  • 12 meses para todos los nuevos autónomos.

  • 12 meses adicionales si los rendimientos netos del primer año están por debajo del SMI. En caso de superar el SMI, se aplica la cuota correspondiente a su tramo de cotización según sus rendimientos netos. Es decir, se pierde la bonificación.

El requisito es no hayan estado dadas de alta en RETA en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta y no tener deudas con la Seguridad Social o con la Agencia Tributaria.

Cuota cero en varias CCAA para autónomos

Varias Comunidades Autónomas lanzaron en 2023 la cuota cero para los autónomos. Es decir, bonifican al 100% las cotizaciones durante uno o dos años.

Iniciativa que se fue ampliando en 2024 y habrá que estar atentos a lo que suceda durante 2025.

  • Andalucía: bonificación del 100% durante hasta septiembre de 2026
  • Aragón: el departamento de Economía aprobó en abril de 2024  la cuota cero para los nuevos autónomos. Este programa sufragará la cuota de estos profesionales en su primer año de actividad, siempre que sigan dados de alta doce meses consecutivos. El desarrollo de este programa estará incluido en las nuevas Bases Reguladoras de apoyo al Trabajador Autónomo, que mejoran las condiciones de las anteriores y que se están desarrollando en la actualidad.
  • Canarias : bonificación del 100% durante uno o dos años
  • Cantabria: cuota cero retroactiva desde enero 2024. El Gobierno regional ha anunciado la cuota cero para los nuevos autónomos durante los dos primeros años de actividad, que tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024. Las subvenciones variarán en función del rango de edad y del género, oscilando entre los 2.000 y los 5.400 euros.  Concretamente, en el caso de los menores de 30 años, la ayuda será de 5.400 euros para las mujeres y de 5.000 euros para los hombres; entre 30 y 44 años, 2.400 euros para las mujeres y 2.000 euros para los hombres, y, en el caso de los mayores de 45 años, 4.100 euros para las mujeres y 3.500 euros para los hombres

  • La Rioja: ultima plan de Fomento del Trabajo Autónomo y el Emprendimiento. El compromiso del Gobierno de La Rioja. La pretensión es establecer “la cuota cero a la Seguridad Social para todos los autónomos riojanos menores de 30 años y mayores de 60; una tarifa plana de 50 euros para el resto de los emprendedores riojanos; así como desarrollar el programa R-emprende, garantizando protección adicional tras el cese de actividad y desarrollando la segunda oportunidad”.

¿Cuántas veces puede cambiar un autónomo la base de cotización?

Si prevés que tus rendimientos netos anuales, en promedio mensual, son distintos a los previstos inicialmente, podrás ajustar tu base de cotización hasta seis veces en el servicio de “Modificación de datos de trabajo autónomo”.

Para ello, dispondrás de un simulador de cuotas donde la podrás revisar y ajustar al nuevo sistema de cotización, teniendo en cuenta la situación de tus rendimientos en el momento de la consulta.

La modificación de las bases no es inmediata, sino que en función del momento en el que hagas la comunicación. 

Existe una serie de ventanas (oportunidades) para hacerlo:

  • 1 de marzo, si la solicitud se hace entre enero y febrero.
  • 1 de mayo, si se solicita entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si se solicita entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si se solicita entre el 1 de julio y el 31 de agosto
  • 1 de noviembre, si se solicita entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre
  • 1 de enero del año siguiente (2026), si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

Tienes toda la información al detalle en esta Guía práctica de trabajo autónomo (digital) que ha editado la Seguridad Social.

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