¿Me puedo jubilar si no llego a los años mínimos trabajados? Para situaciones excepcionales existe lo que se conoce como pensiones no contributivas, que son aquellas destinadas a gente sin recursos suficientes. Te contamos cuáles son los requisitos y cómo funcionan.
Partimos de la base de que en España para jubilarte a los 65 años con la totalidad de la prestación debes haber cotizado un mínimo de 37 años y 3 meses a la Seguridad Social, aunque a partir de 2027 será necesario acumular un mínimo de 38 años y 6 meses. A esto se le conoce como pensión contributiva. Pero no todo el mundo puede acceder a este tipo de jubilación, momento en el que adquieren importancia las pensiones no contributivas.
¿Qué son las pensiones no contributivas?
Dicho esto, ¿qué pasa con los mayores que apenas tienen ingresos y que no llegan al mínimo de 15 años cotizados? Para aquellos ciudadanos que carezcan de recursos suficientes, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo, existen las llamadas pensiones no contributivas.
Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones siguientes:
Se financian con cargo al presupuesto del Estado, mediante transferencias de crédito al de la Seguridad Social.
¿Quién puede pedir una pensión no contributivas?
Los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes requisitos pueden beneficiarse de las pensiones no contributivas:
1. Carecer de ingresos suficientes
¿Cómo se calcula? Cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 5.639,20 euros anuales. Para cumplirse este requisito también se tendrá en cuenta si convive con familiares. Así, solo se cumplirá cuando la suma de los ingresos de todos los miembros sea inferior a las siguientes cuantías:
Número de convivientes |
Suma de ingresos al año |
Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado (padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante) |
|
2 |
9.586,64 |
3 |
13.534,08 |
4 |
17.481,52 |
Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos |
|
2 |
23.966,60 |
3 |
33.835,20 |
4 |
43.703,80 |
Fuente: Imserso.es
2. De acuerdo al tipo de pensión
- Jubilación: Tener 65 o más años y residir actualmente en territorio español, y haberlo hecho durante 10 años, en el período que media entre los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Invalidez: Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65% y tener entre 18 y 65 años de edad. Además será necesario residir actualmente en territorio español y haberlo hecho durante un período de 5 años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
Cuantía de las Pensiones no Contributivas para el año 2021
La cuantía individual de la pensión se calcula en función de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, pero no pueden ser inferior a la mínima del 25% (1.409,80 euros anuales), ni superior a la íntegra (5.639,20 euros año).
Los pensionistas de invalidez no contributiva cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad de la ayuda de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida percibirán, además, un complemento del 50%.
Las cuantías básicas son las siguientes:
Cuantía |
Pensión mensual |
Pensión anual |
Integra |
402,80 euros |
5.639,20 euros |
Mínima 25% |
100,70 euros |
1.409,80 euros |
Íntegra más incremento del 50% |
604,20 euros |
8.458,80 euros |
Si dentro de una misma familia conviven varios beneficiarios de una pensión contributiva, la cuantía individual es la siguiente: 4.793,32 euros si hay 2 beneficiarios y 4.511,36 euros si hay 3 beneficiarios.
Quién gestiona las pensiones no contributivas
La competencia es del Estado pero la gestión de estas pensiones no contributivas está atribuida a los órganos competentes de cada comunidad autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en las ciudades de Ceuta y Melilla.
Incompatibilidades de las pensiones no contributivas
Las pensiones de jubilación y de invalidez no contributivas son incompatibles con las pensiones asistenciales (PAS) y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona.
La pensión de invalidez no contributiva es compatible con el salario por trabajo hasta un límite de 12.418,00 euros anuales. Este límite es la suma de la cuantía de la pensión no contributiva, más el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM). Si se supera dicha cantidad, la pensión se minora para no sobrepasar el límite establecido.