MADRID, 05 JUL. (Bolsamania.com/BMS)
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha actualizado las condiciones de comunicación de información de operaciones tras la entrada en vigor, el pasado 3 de julio, del nuevo marco normativo europeo contra el abuso de mercado, cuyo objetivo es reforzar la integridad del mercado y establecer mecanismos de implementación y supervisión homogénea en los diferentes estados miembros de la Unión Europea.
El pasado 3 de julio ha entrado en aplicación el nuevo marco normativo europeo contra el abuso de mercado que tiene como objetivo reforzar la integridad del mercado y establecer mecanismos de implementación y supervisión homogénea en los diferentes estados miembros de la Unión Europea, explica el regulador.
Estas normas se han desarrollado mediante reglamentos de ejecución y delegados que abordan aspectos de especial relevancia como: listas de iniciados, programas de recompra y estabilización, recomendaciones de inversión, intereses particulares y conflictos de interés, indicadores de manipulación de mercado, notificación de prácticas abusivas u órdenes u operaciones sospechosas, prácticas de mercado aceptadas, prospecciones de mercado, operaciones de directivos.
En este contexto, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha considerado necesario informar al sector respecto a determinados cambios en las obligaciones y modificaciones en los procesos y formatos de comunicación de la información. En consecuencia , ha difundido varios comunicados relativos a:
LOS CONSEJEROS DEBERÁN INFORMAR EN UN PLAZO DE TRES DÍAS
1) Obligaciones de notificación de operaciones de consejeros y directivos: Se detallan, de acuerdo con el artículo 19 del Reglamento U E nº 596/2014 de 16 de abril, los requisitos y los modelos de comunicación. Lo más importante son las obligaciones de notificación de operaciones de consejeros y directivos, cuyo plazo de comunicación se reduce a un máximo de tres días a partir de la fecha de la operación.
2) Prospecciones de mercado: Se regulan en el artículo 11 del Reglamento UE nº 596/2014 de 16 de abril sobre A buso de ercado , desarrollado por el Reglamento Delegado (UE) 2016/960 y e l Reglamento de Ejecución (UE) 2016/95 9 . En el comunicado se informa al sector que quedan sin efecto los criterios de la CNMV sobre operaciones de colocación o compra de grandes paquetes accionariales aprobados por el Consejo de la CNMV d el 19 de diciembre de 2007.
3 ) Contratos de liquidez. Las prácticas de mercado aceptadas se regulan por el artículo 13 del Reglamento sobre abuso de mercado y el Reglamento Delegado (UE) 2016/908. La CNMV ha notificado a ESMA los contratos de liquidez a efectos de su aceptación como práctica de mercado bajo la nueva normativa y trabaja en la preparación de una nueva circular.
4) Programas de recompra. Se regulan por el artículo 5 del Reglamento sobre abuso de mercado y el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052. Los programas de recompra deberán ajustarse a lo previsto en la nueva normativa, en particular en lo que se refiere a las condiciones para operar, las restricciones aplicables y las obligaciones en materia de transparencia.
