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¿Cuándo tengo derecho a cobrar el paro? Requisitos y novedades 2025

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08.08.2025

Autor: Redacción


Quedarse sin trabajo, además de ser un impacto personal importante, suele venir acompañado de muchas dudas: ¿tengo derecho a cobrar el paro?, ¿cuánto me corresponde?, ¿durante cuánto tiempo? En esta guía respondemos a las preguntas clave y te explicamos los cambios de 2025 en la prestación por desempleo.

¿En qué situaciones tienes derecho a cobrar el paro?

La prestación contributiva por desempleo se concede cuando la persona pierde su empleo de forma involuntaria (de manera definitiva o temporal) y ha cotizado previamente a la Seguridad Social por desempleo. También se puede acceder si se produce una reducción de jornada ordinaria de entre el 10 % y el 70 %.

No se considera situación legal de desempleo el cese en el trabajo por cuenta propia. Para poder cobrar el paro acumulado de etapas anteriores como asalariado, deberás volver a trabajar por cuenta ajena y cesar legalmente. Solo en el caso de que hubieras suspendido el cobro del paro para hacerte autónomo y luego reanudes el derecho suspendido, podrías retomarlo.

Requisitos para cobrar el paro contributivo

  • Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación legal de desempleo.
  • Haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años.
  • Estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción.
  • Firmar el compromiso de actividad.

La duración de la prestación varía en función de los días cotizados, desde 120 días hasta 720 días. La cuantía dependerá de la base reguladora y de si tienes o no hijos a cargo.

¿Cuánto tiempo hay que trabajar para cobrar el paro?

Para acceder a la prestación contributiva necesitas al menos 360 días cotizados. A partir de esa cifra, se aplica una tabla de tramos. Por ejemplo, tanto si cotizas 360 como 539 días, tendrás derecho a 120 días de paro. La duración va aumentando por tramos según los días cotizados.

Te lo explicamos con detalle en este artículo sobre cuánto dura el paro según lo cotizado.

¿Puedo cobrar el paro si he trabajado menos de un año?

Sí, puedes acceder a un subsidio por desempleo si:

  • Tienes responsabilidades familiares y has cotizado al menos 3 meses.
  • No tienes cargas familiares, pero has cotizado al menos 6 meses.
  • No superas el 75 % del salario mínimo interprofesional en ingresos (sin contar pagas extra).

La duración del subsidio dependerá de los meses cotizados y de tu situación familiar. Si has cotizado 360 días o más, pasarías a tener derecho a la prestación contributiva.

Novedades importantes en 2025

Compatibilidad entre el paro y un empleo

Desde abril de 2025, puedes compatibilizar el cobro del paro con un nuevo empleo si:

  • Han pasado al menos 9 meses desde que comenzaste a cobrar la prestación.
  • El salario del nuevo trabajo no supera el 225 % del IPREM.
  • La compatibilidad se mantiene como máximo durante 180 días.

Obligación de presentar la declaración de la renta

Desde 2025, es obligatorio presentar la declaración de la renta para seguir percibiendo el paro. Si no se presenta dentro del plazo, el SEPE puede suspender el pago de la prestación.

¿Tengo derecho a paro si dejo un trabajo voluntariamente?

No. La baja voluntaria no genera derecho a cobrar el paro. Sin embargo, hay una excepción: si trabajas después para otra empresa y esta te despide, puedes tener derecho a la prestación si han pasado más de 3 meses desde la baja voluntaria anterior.

Si el nuevo contrato se rompe antes de 3 meses, no tendrás derecho a paro, salvo casos excepcionales. El SEPE analiza estos casos para evitar fraudes de encadenamiento de contratos.

¿Cuándo tengo que solicitar el paro tras un despido?

Dispones de 15 días hábiles desde el último día trabajado para solicitar la prestación. Si hay un proceso judicial por despido, el plazo empieza a contar desde la conciliación o la resolución del caso.

Puedes solicitar el paro a través de:

¿Durante cuánto tiempo cobraré el paro?

La duración se calcula según las cotizaciones por desempleo de los últimos 6 años que no se hayan usado anteriormente. También cuentan los días de vacaciones no disfrutados pero pagados.

La prestación empieza a contar desde el día siguiente a la situación legal de desempleo, siempre que hayas presentado la solicitud dentro del plazo legal.

Tienes más detalles en nuestra guía sobre duración y cuantía del paro.

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