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Greenwashing: qué es, ejemplos reales y nuevas sanciones de la directiva europea

sostenibilidad empresas
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19.06.2026

Autor: Comunicación Bankinter


La sostenibilidad se ha consolidado como una parte esencial de la forma en que las empresas se relacionan con la sociedad, los consumidores y los inversores. Más allá de reforzar la reputación, hoy también implica cumplir con nuevas obligaciones normativas y responder a un entorno financiero cada vez más atento al impacto ambiental. Con la adaptación de la nueva legislación europea en marcha, la comunicación ambiental gana peso y exige mensajes más claros, rigurosos y transparentes.

Comprender el alcance de la regulación, analizar ejemplos habituales de malas prácticas y conocer el calendario de sanciones resulta imprescindible para proteger el balance y el valor de marca de cualquier organización.

¿Qué es el greenwashing y qué riesgos empresariales implica?

El greenwashing es una práctica en la que una empresa, marca o institución presenta sus productos, servicios o actividad como más sostenibles, ecológicos o responsables de lo que realmente son. En un contexto de mayor exigencia regulatoria y social, las compañías que no acrediten sus mensajes con datos fiables, criterios científicos y metodologías verificables pueden afrontar riesgos relevantes: desde la pérdida de confianza de consumidores e inversores hasta sanciones, litigios y daños reputacionales difíciles de reparar

Definición del concepto en el entorno corporativo

Para entender qué es el greenwashing de manera precisa en el entorno corporativo actual, debemos definirlo como la práctica de presentar un producto, servicio, proceso o la propia marca como respetuosos con el medio ambiente cuando, en realidad, estas alegaciones son falsas, exageradas o carecen de una base científica contrastable.

Esta desviación puede producirse tanto por una acción publicitaria deliberada como por una falta de control técnico en la cadena de valor de la compañía, donde no se han verificado debidamente las afirmaciones de los proveedores.

Riesgos legales, financieros y reputacionales

La utilización de alegaciones ecológicas no verificables introduce importantes riesgos en la gestión del negocio:

Riesgos legales: Exposición a litigios por publicidad engañosa, demandas de asociaciones de consumidores y expedientes sancionadores abiertos por las autoridades de consumo e industria.
● Riesgos financieros: Costes derivados de la de retirada forzosa de productos del mercado, rediseño de embalajes y campañas de comunicación. Además, los criterios ESG de los fondos de inversión penalizan gravemente a las empresas sospechosas de malas prácticas, dificultando el acceso al capital.
● Riesgos reputacionales: Pérdida inmediata de confianza por parte de clientes y socios comerciales, un activo intangible cuya recuperación exige años de inversión en branding.

Ejemplos comunes de greenwashing

Para evitar incurrir en estas prácticas, es fundamental conocer los ejemplos de greenwashing más habituales detectados por las auditorías de consumo en la Unión Europea. Las desviaciones más frecuentes suelen clasificarse en tres grandes bloques:

Uso de alegaciones ambientales generales y no verificables: Utilizar términos ambiguos como "eco-friendly", "biodegradable", "verde", "sostenible" o "amigo del planeta" en el etiquetado o la publicidad sin detallar a qué aspecto concreto del ciclo de vida del producto se refieren ni aportar un expediente técnico que lo demuestre.
● Declaraciones de neutralidad de carbono sesgadas: Afirmar que un producto es "neutro en emisiones de CO2" basando dicha declaración exclusivamente en la compensación de emisiones mediante la compra de créditos de carbono, sin haber implementado medidas previas y efectivas de reducción de emisiones en los procesos productivos propios de la empresa.
● Uso de etiquetas ecológicas no oficiales: Exhibir logotipos, sellos de calidad o iconos de diseño propio que simulan la estética de las certificaciones independientes oficiales, induciendo al consumidor a creer que el producto ha superado un control ecológico externo y regulado.

Directiva (UE) 2024/825: plazos y régimen sancionador

La respuesta regulatoria de la Unión Europea ante estas prácticas se ha materializado en un marco legal vinculante para todos los Estados miembros, diseñado para erradicar la competencia desleal y el fraude verde.

Calendario de aplicación en septiembre de 2026

La directiva europea greenwashing (Directiva UE 2024/825 de Empoderamiento de los Consumidores para la Transición Ecológica) entró en vigor tras su publicación oficial, fijando el límite para su transposición por parte de los Estados miembros en marzo de este año 2026.

La aplicación efectiva y obligatoria de sus disposiciones en todo el territorio de la Unión Europea dará comienzo el 27 de septiembre de 2026. A partir de esa fecha, las prácticas de comunicación comercial no alineadas con sus requisitos podrán ser declaradas desleales e ilícitas.

Sanciones económicas y operativas aplicables

El régimen para penalizar las sanciones greenwashing empresas dentro del mercado común contempla medidas severas que afectan directamente a la línea de flotación financiera de la organización:

Tipo de medida

Impacto en la empresa

Sanciones económicas

Multas de carácter proporcional que pueden alcanzar hasta el 4% del volumen de negocios anual de la empresa en el ejercicio fiscal anterior en el Estado miembro afectado.

Sanciones operativas

Exclusión temporal de procedimientos de contratación pública, licitaciones de la administración y acceso a subvenciones o ayudas de carácter estatal.

Medidas cautelares

Retirada inmediata del producto del mercado, prohibición expresa de su comercialización y obligación de publicar la resolución sancionadora en medios de comunicación relevantes a costa de la empresa.

Medidas para evitar el greenwashing en la empresa

El cumplimiento normativo exige un cambio metodológico en la forma en que las corporaciones diseñan, producen y comunican sus hitos de sostenibilidad. Para construir una estrategia de comunicación ambiental sólida y blindada legalmente, conviene implantar las siguientes prácticas operativas:

1. Auditoría de la cadena de valor: Analizar cada fase de producción del producto o servicio para recopilar evidencias físicas y contrastables sobre el impacto real.
2. Uso de certificaciones oficiales: Sustituir los sellos de creación propia por certificaciones independientes y reconocidas internacionalmente, como la Etiqueta Ecológica de la UE (Ecolabel), la certificación B Corp o las normas ISO específicas (como la ISO 14021 de declaraciones ambientales).
3. Transparencia basada en datos reales: Sustituir las declaraciones genéricas por afirmaciones concretas y relativas (por ejemplo, especificar que "el embalaje contiene un 35% de material reciclado", en lugar de afirmar que "el producto es ecológico").
4. Formación en compliance: Capacitar a los equipos de marketing, compras y asesoría jurídica en la legislación ambiental vigente para evitar que se difundan mensajes sin la debida justificación documental.

La adecuación técnica y operativa a estas directrices comunitarias requiere, en muchos casos, inversiones planificadas en eficiencia energética, autoconsumo o economía circular. Para abordar estas adaptaciones con la suficiente solvencia financiera, las empresas disponen de soluciones de financiación orientadas al negocio sostenible que permiten estructurar la transición bajo criterios ESG rigurosos.

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