El Consejo de Ministros ha dado luz verde al proyecto de ley del Estatuto del Becario, una norma que busca regular la relación entre estudiantes y empresas. Sin embargo, es importante aclarar que, de momento, se trata de un borrador aprobado por el Gobierno. Para que entre en vigor, todavía debe superar el trámite en el Congreso de los Diputados, donde actualmente no cuenta con los apoyos necesarios para salir adelante.
A pesar de esta incertidumbre parlamentaria, el texto marca una hoja de ruta clara sobre lo que se pretende exigir a las empresas. En este artículo desglosamos las claves de esta propuesta y las nuevas limitaciones.
El fin del "falso becario"
El objetivo principal de la norma es erradicar las prácticas fraudulentas. Para que una práctica sea considerada legal según este borrador:
-
Debe ser formación real: Las prácticas tienen que estar vinculadas a estudios oficiales (Universidad, FP o sistemas públicos de empleo).
-
No sustituye a un empleado: El estudiante no puede realizar las funciones de un trabajador de la plantilla.
-
Tutorización obligatoria: Se debe asignar un tutor en la empresa y otro en el centro educativo que sigan un plan formativo individual.
Límites de plantilla y tutoría
Para evitar que las empresas dependan excesivamente de los becarios, el texto establece unos ratios muy específicos para garantizar la calidad de la formación:
| Concepto | Límite propuesto |
|---|---|
| Porcentaje de plantilla | No podrá superar el 20% del total del centro de trabajo. |
| Mínimo por empresa | Cualquier empresa podrá tener hasta 2 personas en formación, sin importar su tamaño. |
| Cupo por tutor | Máximo 5 alumnos (3 si la empresa tiene menos de 30 empleados). |
Compensación de gastos
Una de las grandes dudas es la remuneración. El Estatuto no obliga a pagar un sueldo como tal (porque no es un contrato laboral), pero sí introduce el concepto de compensación de gastos.
-
Gastos de bolsillo: La empresa debe cubrir los costes de desplazamiento, alojamiento o manutención que le genere la práctica al estudiante, salvo que este ya tenga una ayuda o beca que los cubra.
-
Derechos y descansos: Se reconoce el derecho a vacaciones y festivos. Además, las prácticas no podrán hacerse en horario nocturno ni a turnos.
-
Seguridad Social: La cotización es obligatoria desde el 1 de enero de 2024, por lo que el tiempo de prácticas ya cuenta para la futura jubilación.
Recorte en las prácticas extracurriculares
Las prácticas extracurriculares son aquellas que el alumno hace de forma voluntaria, aunque no sean obligatorias para graduarse. El borrador quiere limitarlas drásticamente:
-
No podrán superar el 15% de las horas de los créditos del título.
-
Se establece un tope máximo de 480 horas (actualmente el límite solía estar en 900 horas).