La entrada en vigor de la ampliación del permiso de paternidad, en el aire


13.03.2019

Escrito por: Web Financial Group S.A


Después de que Ciudadanos haya planteado dudas sobre la constitucionalidad de esta norma.
El Congreso decidirá este jueves si admite tramitar el decreto ley que amplía de cinco a ocho semanas los permisos de paternidad, lo que dejaría en el aire su entrada en vigor el 1 de abril, después de que Ciudadanos haya planteado dudas sobre la constitucionalidad de esta norma.
Para ello, la Mesa tendrá en cuenta un informe que se ha encargado a los servicios jurídicos de la Cámara con el fin de determinar si un decreto ley aprobado por el Gobierno puede modificar una Ley Orgánica, algo que en opinión de Ciudadanos no puede hacerse, como ya sentenció el Tribunal Constitucional.

La no admisión del decreto crearía una situación inédita en el parlamentarismo español, según el vicepresidente primero del Congreso, Ignacio Prendes, de Ciudadanos, quien está convencido de que en ese caso la norma no se daría por convalidada y no podría entrar en vigor el próximo 1 de abril, como aprobó el Ejecutivo.



El Congreso ha pedido un informe jurídico sobre el decreto ley que amplía los permisos de paternidad ante las dudas de constitucionalidad planteadas por Ciudadanos. La norma no ha podido ser calificada por la Mesa de la Cámara, que este jueves volverá a reunirse para examinar el dictamen de los letrados.

Según ha explicado el representante de Ciudadanos en la Mesa del Congreso, Nacho Prendes, el decreto ley del Gobierno alega que modifica la Ley Orgánica de Igualdad de 2007 y la legislación prohíbe que las leyes de rango orgánico puedan ser modificadas por una norma extraordinaria como el decreto ley.

En concreto, el artículo uno del decreto ley recoge la modificación de dos artículos de esta norma en lo referente a la elaboración de planes de igualdad por parte de las empresas. El Gobierno cambia el artículo 45 para extender hasta las empresas de cincuenta trabajadores o más la obligatoriedad de negociar y aplicar estos planes. Hasta ahora, sólo era imperativo para las compañías de más de 250 empleados, mientras que en el caso del resto era una iniciativa opcional.

Además, hay modificaciones en el artículo 46 para la creación de un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, dependiente de la Dirección General de Trabajo, en el que deben quedar registradas todas las compañías con este programa. Y se recoge el desarrollo de un reglamento que servirá para determinar las materias, las auditorías salariales y los sistemas de evaluación y seguimiento de los planes de empresas, así como lo relativo a la constitución, características y condiciones, inscripción y acceso al nuevo registro.

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