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Caída de Microsoft: ¿Puedo reclamar si cancelaron mi vuelo?

noticias y mercados
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23.07.2024

Escrito por: Redacción


Aún es pronto para hacer un balance de los efectos de la caída del sistema operativo de Microsoft debido al fallo del antivirus Crowdstrike, deberá pasar algún tiempo para valorar su impacto total.

En este artículo nos vamos a centrar en el sector, qué más ha sido afectado por este fallo y si los clientes pueden reclamar por los problemas causados. 

Índice de contenidos:

¿Cuál ha sido el sector más afectado por la caída de Microsoft?

¿Cuáles son los derechos de los viajeros que hayan visto afectados sus vuelos?

¿Cómo se puede reclamar?

¿Podrán reclamar las compañías públicas y privadas por los daños sufridos?

¿Cuál ha sido el sector más afectado por la caída de Microsoft?

El sector más afectado, o por lo menos el más visualizado hasta ahora, ha sido el trasporte aéreo. El viernes 19 de julio, un día de los de mayor tráfico del año (por coincidir con el comienzo de las vacaciones de la segunda quincena de julio) se produjeron miles de cancelaciones de vuelos y miles más de retrasos.

La página FlightAware, especializada en seguimientos de vuelos a nivel mundial, computó que se habían cancelado más de 4.400 vuelos y se habían retrasado más de 39.000. Es más que probable que las cifras finales sean mayores, ya que la caída del sistema operativo provocó una serie de efectos en cadena que habrá que afrontar con tiempo, como retrasos acumulados sumados a aviones y tripulaciones lejos del lugar donde deberían de estar.

¿Cuáles son los derechos de los viajeros que hayan visto afectados sus vuelos?

Centrándonos en los derechos que tienen los afectados por los retrasos y cancelaciones de vuelos, lo primero que hay que señalar es que la responsabilidad de las compañías aéreas es limitada, ya que se trata de un caso de “fuerza mayor” del que ellas no son responsables. Es decir, que, en principio, no habría lugar a la petición de indemnizaciones por los daños que las incidencias de los vuelos hayan podido causar.

Esto no quiere decir que los viajeros carezcan de protección. En concreto, tendrían tres derechos tanto si se trató de cancelaciones o de retrasos:

  1. Derecho a ser asistidos por la compañía aérea que les debe proporcionar alojamiento y manutención dependiendo del tiempo que dure la incidencia.
  2. Derecho a garantizarles la llegada a su destino lo antes posible.
  3. Derecho a poder optar por el reembolso del billete en caso de renunciar a la opción anterior.

Aunque desde nuestro punto de vista no procede la reclamación de indemnizaciones a las compañías aéreas por tratarse de un caso de fuerza mayor, esto no quiere decir que la “fuerza mayor” justifique todos los daños que ha sufrido el pasajero por lo que en algunos casos sí puede proceder la reclamación por daños. Se tendría que ver caso a caso.

¿Cómo se puede reclamar si mi vuelo se vio afectado?

En caso de que se estime que hay derecho de reclamación hay que hacerla por escrito y dependiendo de la causa (cancelación, retraso, overbooking, problemas con el equipaje, cobros abusivos…) los derechos pueden ser diferentes.

En la página de la OCU hay una guía completa de las reclamaciones posibles, sus circunstancias y los derechos a partir de los cuales funda la reclamación.

Para que la reclamación pueda ser efectiva es conveniente guardar toda la documentación física y digital posible que acredite el daño causado. Se puede presentar por varias vías: web de AENA, oficinas del aeropuerto, agencia de viajes, Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)…

¿Podrán reclamar las compañías públicas y privadas por los daños sufridos?

Esta es la pregunta del millón. Casi con toda seguridad, a partir de ahora los abogados de todas las empresas afectadas a nivel mundial por el fallo del sistema operativo de Microsoft vinculado antivirus Crowdstrike, están preparando sus demandas de reclamación de daños y perjuicios.

No podemos adelantar el resultado de esas más que probables reclamaciones, son muchos los tipos de incidencias producidas y en diferentes jurisdicciones (países), pero, con mucha prudencia, entendemos que Microsoft no se podrá excusar diciendo que el fallo fue responsabilidad de Crowdstrike y tendrá que hacer frente a las responsabilidades que fijen los tribunales o los acuerdos extrajudiciales correspondientes y, luego, si procede, Microsoft tendrá que reclamar a Crowdstrike.

En definitiva, al final de ese camino están las compañías de seguros. Será muy interesante seguir los acontecimientos judiciales que se sucedan, no solo por su impacto económico, sino también por la vulnerabilidad general (para todo y para todos) que ha demostrado el incidente.

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