El pasado 1 de octubre entraron en vigor los cambios en el Reglamento de Circulación de la DGT que conductores, ciclistas, motoristas y personas usuarias de patinetes deben de conocer porque el incumplimiento de algunas lleva aparejada multa.
La única excepción afecta a las novedades referidas al alumbrado obligatorio para VMP y al casco homologado para usuarios de motocicletas que entrarán en vigor el 1 de octubre de 2027.
Novedades para los conductores de vehículos de movilidad personal (VMP)
La DGT define vehículo de movilidad personal (VMP) a aquellos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h.
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La edad mínima para conducir un VMP pasa a ser de 15 años.
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Deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad. Aquellos que los usen de forma profesional, como los repartidores, deberán utilizarlo en todo momento. Ambas son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
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Estos vehículos deberán llevar siempre encendido el alumbrado.
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Fuera de los núcleos urbanos, se puede permitir la circulación de los VMP por vías segregadas de vehículos a motor, tales como vías ciclistas o carriles bici.
Novedades para los ciclistas
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Todos los ciclistas deberán llevar casco en vías interurbanas.
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Aquellos ciclistas que desarrollen su actividad profesional en este vehículo (riders) deberán hacer uso en todo momento de casco de protección y chaleco reflectante. Ambas situaciones son una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
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El conductor que adelanta a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía. Además, en calzadas con más de un carril por sentido, el conductor que adelanta debe cambiar completamente de carril, además de dejar la separación lateral de 1,5 m.
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En vías urbanas:
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Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad.
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Los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril.
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En aquellas vías de un solo carril donde esté limitada la velocidad a 30 kilómetros/hora o inferior, y previa señalización, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de las bicicletas en los dos sentidos de circulación.
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Novedades para los motoristas
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Es obligatorio el uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas son una infracción grave cuya sanción económica es de 200 euros. La entrada en vigor está sujeta a que entre en vigor la orden ministerial que regula las especificaciones.
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Se permite la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, sin exceder la velocidad de 30 kilómetros/hora y previa señalización del tramo.
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Los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados.
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Los riders que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento. Es una infracción grave con sanción económica de 200 euros.
Novedades sobre equipamiento de protección y otras normas
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A partir de ahora, conductores de taxi, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción deben usar el cinturón de seguridad.
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Los vehículos que adelanten a otros que están inmovilizados (por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico) deben dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.
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En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar y se circulará únicamente por el carril de la derecha dejando expedito el de la izquierda para la circulación de los vehículos de emergencia y quitanieves.
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Cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, espacio denominado carril de emergencia.
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Se dota de entidad jurídica a los caminos escolares
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Se regula la maniobra de estacionamiento de las autocaravanas, que no podrán extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo, considerando como tal la proyección en planta, deberán descansar sólo sobre neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
Nueva señalética
Recordamos que en julio de 2025 entró en vigor la actualización del catálogo oficial de señales de tráfico, donde se incorporan nuevas señales para regular nuevos modos de transporte, como los vehículos de movilidad personal, y responder a situaciones actuales del tráfico. Y se rediseñan pictogramas, se mejora la visibilidad y se eliminan señales en desuso, con especial atención a la sostenibilidad y al lenguaje visual inclusivo.
