Si eres uno de los millones de españoles que se encuentran en situación de desempleo o que están recibiendo alguna prestación o subsidio por este motivo, es importante que conozcas las novedades fiscales que entrarán en vigor en 2025. Algunas de estas medidas afectan directamente a los desempleados y podrían tener un impacto en tu bolsillo, tanto si ya estás cobrando la prestación como si estás pensando en pedirla en el futuro. A continuación, explicamos las principales novedades fiscales que debes tener en cuenta.
Obligación de presentar la declaración de la renta para acceder a la prestación por desempleo
Una de las novedades más importantes para los desempleados es que, a partir de 2025, se exigirá a este colectivo la obligación de presentar la declaración de la renta como requisito para poder cobrar la prestación por desempleo.
Esto significa que si, después de finalizar el periodo legal de presentación de la renta (junio de 2025), se detecta que no has presentado la declaración, podrías ver suspendido el cobro de la prestación.
¿Por qué se toma esta medida?
La medida busca evitar que se escapen determinadas rentas de aquellos que reciben una prestación por desempleo y no tributan adecuadamente. Aunque hasta ahora los desempleados podían no estar obligados a presentar la declaración si sus ingresos anuales no superaban ciertos umbrales (22.000 euros si tienen un solo pagador, o 15.870 euros si tienen dos pagadores), con esta nueva doctrina, se amplía la obligación de presentación a quienes reciban prestaciones por desempleo.
Es importante recordar que las prestaciones por desempleo y los subsidios se consideran un rendimiento del trabajo, igual que cualquier otro ingreso. Esto implica que podrías encontrarte con la obligación de declarar y, dependiendo de tu situación fiscal y de la comunidad autónoma en la que residas, podrías tener que pagar impuestos o incluso recibir una devolución. Por ejemplo, es posible que con la misma cantidad de prestación por desempleo, en una comunidad autónoma te salga a pagar 9 euros, mientras que en otra podría resultarte a devolver 100 euros.
Lo que más preocupa a los expertos es que si no se presenta la declaración, se corre el riesgo de que la administración suspenda automáticamente el cobro de la prestación. Esta medida se aplicará de forma automática, lo que podría dejar a muchos desempleados sin este apoyo económico vital si no cumplen con la obligación de declarar.
Novedades fiscales para los desempleados que opten por el pago único de la prestación
Otra de las novedades fiscales que afectarán a los desempleados en 2025 tiene que ver con aquellos que elijan cobrar su prestación por desempleo en un único pago, en lugar de recibirla de manera mensual. Esta opción es común entre los desempleados que desean iniciar un negocio propio o emprender una actividad por cuenta propia, ya que se ofrece como una ayuda para facilitar el autoempleo.
La nueva doctrina introduce una mejora en el tratamiento fiscal de esta modalidad. En ciertos casos, puede ser más ventajoso porque se establece la posibilidad de no tributar por el 30% de las cantidades que se reciban a través del pago único, lo cual puede resultar en un ahorro significativo en el IRPF.
¿Cómo funciona el pago único y qué cambios trae esta nueva doctrina?
Cuando un trabajador desempleado opta por recibir la prestación por desempleo en pago único, se le abona el total de la prestación de forma anticipada, con el fin de que pueda invertir ese dinero en la creación de una nueva empresa o negocio. En algunos casos, si el desempleado cumple con ciertos requisitos, como mantener la actividad económica durante los 5 años siguientes, podría llegar a exonerarse de tributar el 100% de la prestación.
Ejemplo práctico:
Resumen de las novedades fiscales para desempleados en 2025
Obligación de presentar la renta:
A partir de 2025, los desempleados deberán presentar la declaración de la renta para poder cobrar la prestación por desempleo. Si no la presentan, podrían suspender el cobro de la prestación.
Pago único de la prestación por desempleo:
Aquellos que opten por recibir la prestación por desempleo en pago único podrán beneficiarse de una mejora fiscal, ya que, en algunos casos, no tributarán por el 30% de la cantidad recibida si cumplen con los requisitos establecidos.
En definitiva, las novedades fiscales que entrarán en vigor en 2025 para los desempleados incluyen tanto beneficios como responsabilidades adicionales. Si te encuentras en esta situación, te recomendamos estar bien informado sobre las nuevas normativas y presentar tu declaración de la renta a tiempo, para evitar problemas con el cobro de la prestación y aprovechar las posibles ventajas fiscales que te puedan corresponder.
>> Escucha la entrevista a Paloma Fernández-España, directora de Unidad Asesoría Fiscal de Bankinter, y Rocío San Román, Asesora Fiscal de la entidad, desde el minuto 0:30 al minuto 6:00 >>
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