Iberia acaba de comunicar que la Audiencia Nacional ha estimado su demanda contra el sindicato de tripulantes de cabina de pasajeros, Stavla, y ha considerado como huelga ilícita los paros convocados por el mismo durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de este año.
En concreto, la Audiencia concluye que los citados paros implican una huelga ilegal por novatoria, al pretender alterar lo pactado en el XVI Convenio Colectivo relativo a la posibilidad de desarrollar las operaciones de Iberia Express fuera de la matriz. De esta forma, se considera que el Convenio recogía la posibilidad específica de llevar a cabo dichas operaciones tanto dentro como fuera de la matriz, correspondiendo esta opción en exclusiva a la empresa, según lo preceptuado por el artículo 1132 del Código Civil.
Con todo, la aerolínea anticipa que estudiará los pasos que puede adoptar a partir de ahora en relación con la misma.
Por su parte, el sindicato ha comunicado su intención de recurrir la sentencia que, en sus palabras, está "cogida con alfileres y resulta contradictoria".
A las 16:05 horas, IAG es el segundo peor valor del Ibex35 y se deja un 6,37%, hasta los 1,8010 euros.
S.C.
La Audiencia Nacional declara ilegal la huelga de Stavla en Iberia mientras ésta cae un 6% en Bolsa
17.05.2012
Autor: Web Financial Group S.A
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