Renta 2017 impuesto patrimonio

Renta 2017: ¿Qué bienes hay que declarar? ¿A quién afecta el impuesto sobre patrimonio?


18.04.2018

Escrito por: Redacción


¿Qué es el Impuesto sobre el Patrimonio?

El Impuesto sobre el Patrimonio (IP) es un tributo de carácter directo y personal que grava el patrimonio neto de las personas físicas. En  enero de 2008, el Gobierno socialista suprimió este tributo si bien lo recuperó en septiembre de 2011 aunque con carácter temporal. Desde entonces, ha sido prorrogado en varias normativas para aplicarse en 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017. El Impuesto sobre el Patrimonio está cedido en su totalidad a las comunidades autónomas.

Está pensado para los contribuyentes con una especial capacidad económica, puesto que  están obligados a presentar la declaración los sujetos pasivos cuya cuota tributaria, una vez aplicadas las deducciones o bonificaciones que corresponda, resulte a ingresar o, no saliendo a ingresar, si el valor de los bienes y derechos supera los 2.000.000 euros. Si bien:

  • Se ha elevado el límite de la exención de la vivienda habitual hasta un importe máximo de 300.000 euros.
  • Se ha fijado el mínimo exento en 700.000 euros, aunque las comunidades autónomas ostentan amplias competencias normativas sobre este último extremo para sus residentes. De hecho, en Aragón el  mínimo exento es de 400.000 euros;  en Extremadura y Cataluña, de 500.000 euros; y en la Comunidad Valenciana, de 600.000 euros. Además, en alguna Comunidad se elevan los mínimos para contribuyentes discapacitados.
  • Ningún tipo de sociedad, como pueden ser las sociedades anónimas, limitadas, laborales o sociedades de inversión mobiliaria o inmobiliaria como las SOCIMIs o SICAVs están dentro del ámbito del impuesto. Están exentos los negocios familiares (empresariales o profesionales) y las participaciones en entidades que tengan la calificación de empresas familiares.

La tarifa aplicable, salvo que la Comunidad Autónoma haya regulado una propia, es la siguiente:

Renta 2017 impuesto patrimonio

¿A quién afecta el impuesto sobre patrimonio en la declaración de la renta 2017?

Dice Hacienda que el Impuesto sobre Patrimonio lo pagan los sujetos pasivos, ya lo sean por obligación personal o real. El Centro de Estudios Financieros (CEF) explica así este concepto: el sujeto pasivo es la persona física individualmente considerada. Conforme al criterio de territorialidad, se establecen dos modalidades:

Por obligación personal: las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español, exigiéndose el impuesto por la totalidad de su patrimonio neto con independencia del lugar donde se encuentren situados los bienes o puedan ejercitarse los derechos.

Por obligación real: contribuyentes del IRPF que opten por tributar por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, manteniendo la condición de contribuyentes por el IRPF, conforme al régimen especial de los "trabajadores desplazados a territorio español". Cualquier otra persona física por los bienes y derechos de que sea titular cuando los mismos estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español. En este caso, el impuesto se exigirá exclusivamente por estos bienes o derechos del sujeto pasivo y solo serán deducibles las cargas y gravámenes que afecten a los bienes y derechos que radiquen en territorio español o puedan ejercitarse o hubieran de cumplirse en el mismo, así como las deudas por capitales invertidos en los indicados bienes.

¿Qué bienes hay que declarar en la declaración de la renta 2017?

Se enumeran aquí los principales, si bien conviene consultar en el Manual Práctico de la Renta 2017 la lista de exenciones (página 1.086) y los criterios de valoración (página 1.097).

  • Los bienes inmuebles tanto de naturaleza urbana como rústica, excepto la vivienda habitual del contribuyente.
  • Depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo, cuentas financieras y otros tipos de imposiciones en cuenta.
  • Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios (los valores la Deuda Pública, las Letras del Tesoro, los bonos, cédulas y pagarés, públicos y privados, y los préstamos y créditos concedidos cuya titularidad corresponda al contribuyente).
  • Valores representativos (acciones y participaciones) de los fondos propios de cualquier tipo de entidad.
  • Bienes y derechos afectos a actividades económicas, excepto aquéllos necesarios para el desarrollo de la actividad siempre que ésta se ejerza de forma habitual, personal y directa por el contribuyente y constituya su principal fuente de renta.
  • Seguros de vida.
  • Rentas temporales o vitalicias.
  • Vehículos, joyas, pieles de carácter suntuario, embarcaciones y aeronaves.
  • Objetos de arte y antigüedades. Es importe en este apartado atender al conjunto de exenciones. Así, por ejemplo, las obras pictóricas y escultóricas con menos de cien años de antigüedad y un valor inferior a 90.151,82 euros no pagan el IP.Como tampoco aquéllas que valgan menos 60.101,21 euros y tengan un siglo o más antigüedad.
  • Concesiones administrativas y derechos reales de uso y disfrute (excluidos los que, en su caso, recaigan sobre la vivienda habitual del sujeto pasivo).
  • Derechos derivados de la propiedad intelectual o industrial.

Plazo de presentación del Impuesto sobre el Patrimonio 2017

Entre los días 4 de abril y 2 de julio de 2018, ambos inclusive.

No obstante, si el resultado de la declaración es a ingresar (tienes que pagar a Hacienda) y su pago se domicilia en cuenta la presentación no podrá realizarse con posterioridad al día 27 de junio de 2018.

Deberá presentarse obligatoriamente por Internet.

Impuesto de Patrimonio 2017 en  Andalucía

Tiene tarifa propia:

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Impuesto de Patrimonio 2017 en  Aragón

La Comunidad Autónoma de Aragón ha aprobado como cuantía del mínimo exento 400.000 euros.

Bonificación de los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad: 99% de la parte de cuota que proporcionalmente corresponda al valor neto de losbienes y derechos incluidos en el patrimonio protegido de los contribuyentes con discapacidad, con un límite del 300.000 euros.

Impuesto de Patrimonio 2017 en  Asturias

Bonificación de los patrimonios protegidos de las personas con discapacidad: 99% de la parte de la cuota que corresponda a bienes y derechos que forman parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente.

Tiene tarifa propia:

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Impuesto de Patrimonio 2017 en Canarias

Exención de los patrimonios especialmente protegidos de los contribuyentes con discapacidad.

Impuesto de Patrimonio 2017 en Cantabria

Tarifa propia:

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Impuesto de Patrimonio 2017 en Castilla y León

Exención de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente.

Impuesto de Patrimonio 2017 en Cataluña

La Comunidad Autónoma de Cataluña ha aprobado como cuantía del mínimo exento  500.000 euros.

Bonificación de los patrimonios protegidos de las personas con discapacidad: 99% de la parte de cuota minorada que proporcionalmente corresponda al valor neto de los bienes y derechos por los que el sujeto pasivo tenga derecho a la bonificación.

Bonificación de las propiedades forestales: 95%

Tarifa propia:

Impuesto de Patrimonio 2017 en Extremadura

La Comunidad Autónoma de Extremadura ha aprobado una cuantía del mínimo exento general de 500.000 euros que se eleva a 600.000 euros, 700.000 euros o 800.000 euros euros para contribuyentes que sean personas con discapacidad física, psíquica o sensorial en función del grado de discapacidad.

Tarifa propia:

Renta 2017 impuesto patrimonio CCAA

Impuesto de Patrimonio 2017 en Islas Baleares

Bonificación del 90% de la parte proporcional de la cuota que corresponda a la titularidad del pleno dominio de los bienes de consumo cultural.

Tarifa propia:                                                                   

Renta 2017 impuesto patrimonio CCAA

Impuesto de Patrimonio 2017 en Galicia

Bonificación por acciones o participaciones en entidades nuevas o de reciente creación: 75%, con un límite de 4.000 euros de la parte de la cuota que proporcionalmente corresponda a los mencionados bienes o derechos.

Tarifa propia:

Renta 2017 impuesto patrimonio CCAA

Impuesto de Patrimonio 2017 en  Madrid

Bonificación general del 100%. Sin embargo, puede haber contribuyentes de esta Comunidad que, aunque no tengan que pagarlo, tengan que presentar la declaración si el valor de sus bienes y derechos supera 2.000.000 euros.

Impuesto de Patrimonio 2017 en Murcia

Tarifa propia:

Renta 2017 impuesto patrimonio CCAA

Impuesto de Patrimonio 2017 en  La Rioja

Bonificación general del 50%.

Impuesto de Patrimonio 2017 en  la Comunidad Valenciana

La Comunitat Valenciana ha aprobado, carácter general, como cuantía del mínimo exento 600.000 euros.

Para los contribuyentes con un grado de discapacidad psíquica igual o superior al 33% y contribuyentes con un grado de con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, el importe del mínimo exento se eleva a 1.000.000 euros.

Tarifa propia:

Renta 2017 impuesto patrimonio CCAA

 

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