Ya están disponibles en Bankinter las nuevas Líneas ICO para la adquisición de vivienda habitual, que permiten financiar hasta el 100% del valor de la vivienda gracias al aval del ICO (Instituto de Crédito Oficial). Este programa, respaldado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (MIVAU), está dirigido a jóvenes y familias con hijos menores a su cargo, facilitando el acceso a una hipoteca sin necesidad de aportar una entrada. Simula ahora mismo si cumples con las condiciones y, en caso afirmativo, solicita ya tu hipoteca en Bankinter.
CONOCER SI CUMPLO CON LOS REQUISITOS (SIMULADOR)
Estas líneas ICO están diseñadas para familias y jóvenes de entre 18 y 35 años que tienen capacidad para afrontar el pago de una hipoteca mensual, pero que no han podido ahorrar el 20% necesario para la entrada de una vivienda. Ahora, si cumples los requisitos tanto del ICO como del banco, puedes financiar el 100% del valor del inmueble, sin necesidad de ahorros previos.
La dotación total para estas líneas de aval es de 2.500 millones de euros, y está destinada exclusivamente a la compra de viviendas ya construidas y destinadas a residencia habitual. Estas viviendas no podrán ser utilizadas para actividades comerciales.
¿Para qué familias van destinadas estas hipotecas con aval del ICO?
Podrán solicitarlas hasta dos personas físicas, titulares de la compra, mayores de 18 años y residentes en España durante al menos los dos años previos a la solicitud. Además, deberán cumplir las siguientes condiciones:
Patrimonio inmobiliario: No podrán acogerse a este aval las personas que cuenten con una propiedad a su nombre, excepto las que pudiese tener por parte alícuota perteneciente a herencia, mortis causa o que aun siendo titular de un inmueble acrediten su no disponibilidad por separación o divorcio.
Patrimonio financiero: Las personas solicitantes no podrán contar con ahorros superiores 100.000 € por cada titular.
Ingresos máximos: Los ingresos de la persona que adquiere la vivienda no podrán superar los 37.800 € brutos/año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos titulares, el límite de ingresos se elevará al doble: 75.600 € brutos/año.
La medida cuenta con factores de mejora en función del número de hijos y en el supuesto de familias monoparentales. El límite se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 €) por cada menor a cargo y, además, en el caso de familia monoparental se podrá incrementar en un 70% adicional.
¿Cómo pedir la hipoteca para familias con menores a cargo con aval del ICO?
El aval del MIVAU, que será gratuito para clientes y entidades financieras, podrá cubrir hasta el 20% del importe del préstamo, llegando hasta el 25% en aquellos casos en los que la vivienda adquirida disponga de una calificación energética D o superior. La financiación del resto correrá a cargo de la entidad financiera. El aval concedido por el MIVAU tendrá una vigencia de 10 años desde que se formalice la operación, con independencia de los plazos de carencia que hayan podido acordar el cliente con el banco, o de si el plazo de vencimiento del préstamo suscrito entre el cliente y la entidad fuera superior a diez años.
El plazo para formalizar los préstamos que se acojan a esta línea de avales finalizará el 31 de diciembre de 2025.
Bankinter pone a disposición de los interesados un simulador para que puedan comprobar si cumplen con los requisitos y conocer todos los pasos necesarios para solicitar la hipoteca con aval del ICO. Este simulador te permitirá:
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Verificar si cumples con los requisitos.
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Conocer la documentación necesaria.
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Organizar tu solicitud y acudir a una oficina de Bankinter.
ACCEDER AL SIMULADOR DE HIPOTECAS CON AVAL DEL ICO
Es importante tener en cuenta que, aunque el aval cubre parte del riesgo para el banco, el cliente es responsable del 100% de la deuda contraída. Esto significa que deberá devolver la totalidad del préstamo en cualquier circunstancia.
Requisitos para solicitar aval ICO: Podrán solicitarlo un máximo de dos personas físicas, las mismas de la titularidad de la compra, mayores de 18 años, residentes en España durante al menos dos años previos a la solicitud y con menores de edad a su cargo. Además, será necesario que cumplir los siguientes requisitos: Patrimonio inmobiliario. No podrán acogerse a este aval las personas que cuenten con una propiedad a su nombre, excepto las que pudiese tener por parte alícuota perteneciente a herencia, mortis causa o que aun siendo titular de un inmueble acrediten su no disponibilidad por separación o divorcio. Patrimonio financiero. Las personas solicitantes no podrán contar con ahorros superiores 100.000 € por cada titular. Ingresos máximos: Los ingresos de la persona que adquiere la vivienda no podrán superar los 37.800 € brutos/año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos titulares, el límite de ingresos se elevará al doble. La medida cuenta con factores de mejora en función del número de hijos y en el supuesto de familias monoparentales. El límite se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 €) por cada menor a cargo y, además, en el caso de familia monoparental se podrá incrementar en un 70% adicional.