Domicilio fiscal

Domicilio de una sociedad a efectos fiscales. Suele coincidir con el domicilio social, aunque la legislación exige que el fiscal coincida con el lugar donde se desarrollen la mayoría de las actividades o donde resida la dirección efectiva de la empresa, es decir, su oficina central. El pago de los impuestos se debe hacer en la delegación de la Hacienda Pública del domicilio fiscal, no del social.

Inglés: Tax domicile