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    FISCALIDAD : RENTAS ASEGURADAS

    Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
    - Prestación de renta: los importes percibidos en forma de renta tendrán la consideración de rendimientos de capital mobiliario, en un porcentaje que depende de la edad del perceptor en el momento de la contratación de la póliza.
    Los porcentajes son:

    Edad del perceptor % tributación sobre percepciones
    Menor a 40 años 40%
    Entre 40 y 49 años 35%
    Entre 50 y 59 años 28%
    Entre 60 y 65 años 24%
    Entre 66 y 69 años 20%
    A partir de 70 años 8%

    Sobre los importes considerados como rendimientos a efectos del IRPF se practicará la retención correspondiente, que actualmente es del 19% (para residentes en Navarra la retención es del 18%).
    En el IPRF la renta formará parte de la base del ahorro por la que se tributará al tipo del 19% por los primeros 6.000 euros y al 21% en adelante. En Navarra se aplicarán los tipos del 18% y del 21% respectivamente. En el País Vasco la base del ahorro tributará a un tipo fijo del 20%.
    - Rescates: cuando se produzca el rescate del seguro tendrá la consideración de rendimiento de capital mobiliario la diferencia entre el importe percibido en concepto de rescate y la prima única pagada más la parte de las rentas hasta el momento percibidas que resultaron exentas de tributación por la aplicación de los porcentajes mostrados en la tabla anterior.
    Estos rendimientos de capital mobiliario se encuentran sujetos a retención al tipo vigente, que actualmente es del 19% (para residentes en Navarra la retención es del 18%).
    En IPRF la renta formará parte de la base del ahorro por la que se tributará al tipo del 19% por los primeros 6.000€, y al 21% en adelante. En Navarra la anterior escala aplicará los tipos del 18% y del 21% respectivamente. En el País Vasco la base del ahorro tributará a un tipo fijo del 20%.
    Impuesto de Sucesiones y Donaciones
    - Fallecimiento del asegurado: en caso de fallecimiento del asegurado, el beneficiario designado deberá tributar en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones por el importe del capital asegurado.
    En función del grado de parentesco, existe una reducción adicional de 9.195,98 euros para cada beneficiario de contratos de seguro, siempre que el parentesco con el contratante sea cónyuge, ascendiente o descendiente.
    Si desea más información o contratar nuestras Rentas Aseguradas puede hacerlo:
    - Por teléfono, en el 902 13 23 13 de lunes a sábado de 08:00 a 22:00 h (horario peninsular).
    - Acudiendo a su oficina o agente Bankinter.